Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 042 019 00753 02 DR CERON AUTO ORDENA DEVOLVER

Sala: SALA CIVIL

Ejecutivo para la Efectividad de la Garantía Real. Demandante: Oscar León Arcila Buriticá Demandada: Fabiola Yaneth Espitia Castiblanco Y Otros Rad. 11001310300420190075302 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., quince (15) de diciembre de dos mil veinticinco (2025) Sería del caso pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida el 15 de agosto del año en curso por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Bogotá; sin embargo, esta Sala advierte la necesidad de disponer la devolución del expediente al despacho de origen, conforme pasa a explicarse.

En primer lugar, se observa la existencia de tres carpetas digitales vacías delimitadas así “003CdFolio340AudienciaInicial”, “004CdFolio341Audiencia12Noviembre24” y “002CdFolio11”, respecto de las cuales resulta necesario que el juzgado de primera instancia precise o integre debidamente su contenido. Ello, por cuanto, si bien en el expediente reposan algunos archivos en formato PDF que podrían corresponder a la primera de las carpetas mencionadas, así como archivos en formato MP4 asociados a otra de ellas, lo cierto es que dicha situación genera incertidumbre acerca de la conformación íntegra del cartulario.

De igual forma, se advierte que dentro del trámite se llevaron a cabo varias audiencias iniciales, sin que en el expediente obre el correspondiente registro audiovisual, así como sus respectivas actas, circunstancia que impide a esta instancia contar con los elementos indispensables para realizar un examen del desarrollo procesal surtido.

En ese orden, se requiere al mencionado recinto judicial para que revise nuevamente la integralidad del legajo, a fin de garantizar su adecuada conformación y permitir a esta Corporación efectuar el control que le corresponde en sede de apelación. Por lo anterior, se ordena la DEVOLUCIÓN del expediente al Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Bogotá, para que subsane las irregularidades señaladas.

Notifíquese, JUAN CARLOS CERÓN DÍAZ Magistrado Firmado Por: Juan Carlos Ceron Diaz Magistrado Sala 002 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 99b988dc555edd301977de898ee4b990ee1321753f9bbbb058551ec68072582e Documento generado en 18/12/2025 09:30:25 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica