REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. Sala Civil Bogotá D.C., diez (10) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Exp. 025201200126 04 Como no se ha resuelto el recurso de reposición ni existe pronunciamiento, en lo pertinente, sobre la apelación que la demandada Soraya Bolívar Ardila interpuso1 contra el auto de 30 de octubre de 20252, modificado el 12 de diciembre siguiente3, se ordena devolver el expediente al Juzgado 41 Civil del Circuito de la ciudad para que les dé trámite y resuelva en el sentido que corresponda.
NOTIFÍQUESE, Firmado Por: Marco Antonio Alvarez Gomez Magistrado Sala 006 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b6018c545b30abdff9eaab3112cad03eaaf5b9e2ee145f6a71b0d2d1af588b33 Documento generado en 10/02/2026 03:19:56 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 001PrimeraInstancia, 11001310304120120012600, 717SorayaReposicionSubApelacion 2 001PrimeraInstancia, 11001310304120120012600, 690AutoResuelveSolicitudesRequiere 3 001PrimeraInstancia, 11001310304120120012600, 713AutoResuelveRecurso Exp. 025201200126 04 1 01PrimeraInstancia, C001Principal, 01PrimeraInstancia, C001Principal, 01PrimeraInstancia, C001Principal,