Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 75518 A OBEDECE Y CUMPLE NO CASA

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA DOS DE DECISIÓN LABORAL Radicado 08001310501520230000801/75518 A JANINE VICTORIA PADILLA MERCADO contra ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES y ALCIRA CARABALLO CIENFUEGOS. Barranquilla, primero (1°) de abril de dos mil veinticinco (2025) Al Despacho el proceso de la referencia. Obedézcase y cúmplase lo resuelto por la Sala de Casación Laboral de la Honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia SL347-2025 radicación No. 08001-31-05-015-2023-00008-01 de febrero 18 de 2025, M.P. Dr. ANA MARÍA MUÑOZ SEGURA, Sala de Descongestión No. 4, a través de la cual NO CASA la sentencia dictada el 30 de mayo de 2024, por la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, dentro del proceso ordinario de la referencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. MARIA OLGA HENAO DELGADO Magistrada Firmado Por: Maria Olga Henao Delgado Magistrada Sala 005 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4851bb53711638f4eb08c82c256e4b645dd9d535903a983032a377bf7c48d5a7 Documento generado en 01/04/2025 09:36:10 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica