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auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 001-2021-00304-01

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ Clase de proceso: Ordinario Laboral Radicación: 73001-31-05-001-2021-00304-01 Demandante: Nelly Aguirre Moreno Demandando: Colpensiones y Otra Magistrado Ponente: CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Ibagué, veintinueve (29) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante providencia AL5320-2025 del 13 de agosto de 2025, aceptó el desistimiento del recurso de casación formulado por la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones contra la sentencia de segunda instancia, se dispone el obedecimiento y cumplimiento de lo allí resuelto.

(Fl 33 Carpeta Digital de la Corte). De otra parte, en consideración a que se fijaron las agencias en derecho en el ordinal segundo de la sentencia de segunda instancia proferida el 13 de febrero de 20251 (Fl 11 C. Tribunal), estas se incluirán en la liquidación de costas que de manera concentrada realice el juez de primera instancia, conforme a lo reglado en el artículo 366 del código General del Proceso, aplicable por autorización del artículo 145 del Código procesal del trabajo y de la Seguridad Social.

CÚMPLASE, CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Magistrado Firmado Por: Carlos Orlando Velasquez Murcia Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima 1 Sentencia, Tribunal Superior del Distrito Judicial De Ibagué - Sala Laboral, 13 de febrero 2025. Radicación: 73001-31-05-001-2021-00304-01. “R E S U E L V E…SEGUNDO: CONDENAR en las costas de esta instancia a la Administradora Colombiana de Pensiones- Colpensiones-, ante la no prosperidad de su recurso, fijando como agencias en derecho a favor de la demandante la suma de $1.423.500”.

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