TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA MAGISTRADO PONENTE: DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ RADICACIÓN UNICA 08-001-31-05-013-2015-00476-01 RADICACIÓN INTERNA 62.638-A TIPO DE PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE ROSA VIRGINIA CARRANZA FIGUEROA. DEMANDADO MOLINOS BARRANQUILLITA S.A.S EN LIQUIDACIÓN Y TRES CASTILLO S.A. Barranquilla, seis (6) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024).
Avóquese conocimiento del presente proceso que le correspondió por reparto a esta Sala, por la se dispone a admitir en el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante ROSA VIRGINIA CARRANZA FIGUEROA, contra la sentencia de fecha 15 de febrero de 2018, dictada por el Juzgado Trece Laboral del Circuito de Barranquilla. De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, córrase traslado a la parte recurrente por el término de cinco (05) días para que presente sus alegaciones.
Vencido el término anterior, córrase traslado a las demás partes para que presenten sus alegaciones por el término de cinco (5) días y devuelvan las respectivas diligencias al despacho a través de la Secretaría de la Sala Laboral de esta Corporación. En el evento que la representante del Ministerio Público quiera intervenir en este proceso, podrá emitir su concepto dentro del término que las partes tienen para alegar.
Los escritos de alegatos y/o concepto del Ministerio Público, deben presentarse por correo electrónico, al correo institucional de la Secretaria de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla: seclabbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co, en formato PDF, con la indicación en el asunto del correo a enviar “alegatos de conclusión” y la radicación interna del proceso, con copia del mismo a los demás sujetos procesales, dentro del horario del Distrito Judicial de Barranquilla, esto es, 7:30 A.M a 4: 00 P.M. La consulta del expediente digital podrá hacerse en la secretaria de la Sala laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla a través de s correo institucional: seclabbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Cumplido lo anterior, se conmina a las partes a estar atentas a las actuaciones, toda vez que no se fijará fecha exacta para dictar fallo de segunda instancia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ Magistrado Firmado Por: Diego Guillermo Anaya Gonzalez Magistrado Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: cdbd5c27ca6f676195b54a81eef3a6a284291a7dee581da38c3b9 8c62c7ba8c5 Documento generado en 06/12/2024 02:49:35 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica