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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 11001310300120230037901_DraCruzAutoAdmiteRecurso

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., veintiocho (28) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Asunto: Proceso verbal declarativo de pertenencia, instaurado por Ana Graciela Salazar de Galindo y Luis Alirio Galindo Rugeles contra Personas Indeterminadas. Expediente. 1100131030 01 2023 00379 01 SE ADMITE en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandante contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Bogotá el 29 de abril de 2026, dentro del presente asunto.

La parte apelante deberá tener en cuenta lo establecido en el inciso 3º del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, a cuyo tenor: “Ejecutoriado el auto que admite el recurso o el que niega la solicitud de pruebas, el apelante deberá sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes”, vencidos los cuales la contraparte deberá descorrer, si a bien lo tiene, el correspondiente traslado; términos que comenzaran a contabilizarse desde la ejecutoria de esta determinación. Además, los litigantes atenderán el contenido del numeral 14 del artículo 78 del Código General del Proceso, so pena de imposición de multa.

Los escritos o memoriales con destino a este asunto remítanse al correo electrónico del Secretario Judicial de esta Corporación secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co. Expediente 1100131030 30 2021 00346 01 Cumplido lo anterior, ingrésese el expediente al despacho con informe pormenorizado de Secretaría, para proveer lo que en derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firma electrónica) MARÍA PATRICIA CRUZ MIRANDA Magistrada Radicado. 1100131030 01 2023 00379 01 Firmado Por: Maria Patricia Cruz Miranda Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0046022d92011aba63e7b492e6c442c744760e14d1d4c18df143b90e395dddae Documento generado en 28/05/2026 09:16:04 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Expediente 1100131030 30 2021 00346 01