Tribunal Superior de Buga Sala Civil Familia Guadalajara de Buga, doce (12) de mayo de dos mil veinticinco (2025) Referencia: Proceso verbal de simulación absoluta propuesto por Pablo Julio, Edgar, Carlos y Calero Domínguez; Ana Milena Calero Arana en calidad de heredera del señor Argemiro Calero Domínguez y María Elena Calero Arana como heredera del señor Manuel de Jesús Calero Domínguez; contra Gretty Joana Calero Arenas;
Esmeralda Calero Torres; Jefferson Llanos Pérez y Cristhian Andrey Hernández Toro Radicación: 76-111-31-03-003-2023-00032-01 Instancia: Apelación de Sentencia Ponente: María Patricia Balanta Medina Cumplida la revisión preliminar al expediente como bien lo anuncia el artículo 325 del Código General del Proceso, sin que se adviertan causales de nulidad u otros vicios que puedan afectar la validez de la actuación, SE ADMITE en el efecto suspensivo el recurso de apelación formulado por los demandantes contra la sentencia n.° 049 del 23 de abril de 2025 proferida por el juez tercero civil del circuito de Buenaventura.
Conviene advertir que los apelantes tienen la carga de sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria del presente auto, para evitar la consecuencia de su deserción, según lo dispone el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Notifíquese. Firmado Por: Maria Patricia Balanta Medina Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Guadalajara De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 46e8a7c6a9a6ce92ece35489b8e601494cd28bd68fcad8eae516e2a77bcee21a Documento generado en 12/05/2025 01:49:13 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica www.ramajudicial.gov.co