08-001-31-05-004-2021-00387-01 <R. 72.245> REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA UNO DE DECISIÓN LABORAL ASUNTO: APELACIÓN Y CONSULTA DE SENTENCIA TIPO DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE: LENIS ZENITH FERRES LÓPEZ DEMANDADO: UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL – U.G.P.P. C.U.I: 08-001-31-05-004-2021-00387-01 <R. 72.245> MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA MARIA FANDIÑO DE MUÑIZ Barranquilla, trece (13) de marzo del año dos mil veinticinco (2.025).
Obedézcase y cúmplase lo resuelto por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en providencia AL1099-2025, de fecha 25 de febrero de 2.025, con radicación No. 08001-31-05-004-2021-00387-01, por medio de la cual se aceptó el DESISTIMIENTO del recurso de casación interpuesto por el apoderado de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – U.G.P.P contra la sentencia de fecha 25 de octubre de 2.023, dictada por la Sala Uno de Decisión Laboral de este Tribunal Superior1.
De conformidad con el Acuerdo No. PSAA16 – 10554 de agosto 5 de 2.016, expedido por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y con los artículos 365 y 366 de la Ley 1562 de 2012- C.G.P., fíjese la suma de $2.320.0002, como agencias en derecho impuestas a cargo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – U.G.P.P, y a favor de la demandante.
Ejecutoriado este auto, se dispone que, por la Secretaría de la Sala Laboral, se devuelva oportunamente el expediente digitalizado que fue creado y compartido por la Corte Suprema de Justicia en el aplicativo Sistema de Gestión Documental Electrónica - SGDE, con destino al Juzgado de origen, para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE 1 2 M.P. Dra. Claudia María Fandiño de Muñiz. Dos (2) smlmv al momento del fallo de segunda instancia. Firmado Por: Claudia Maria Fandiño De Muñiz Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 3 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 018c2c8091cd83a59c98d990a5fc88a2c582cbce6b1c86703adfcb7fe7e65805 Documento generado en 13/03/2025 12:00:02 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica