Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 016-2010-00492-01 DR ZAMUDIO AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., tres (03) junio de dos mil veinticinco (2025) Proceso N.° Clase: Demandante: Demandada: 110013103016201000492 01 RCE NORALBA MUÑOZ OSORIO y otros. JOSÉ IGNACIO GÓMEZ RODRÍGUEZ y otros. Con fundamento en los artículos 322 (incisos 2° y 3º del numeral tercero), 323 y 327 (último inciso) del Código General del Proceso, se ADMITE, en el efecto suspensivo, el recurso de apelación que la parte actora y los demandados Doris Montaño Mahecha, Víctor Enrique Cardona Montoya y la sociedad Transportadora Doradal S.A., impetraron contra la sentencia que el 28 de marzo de 2025, profirió el Juzgado 46 Civil del Circuito de esta ciudad.

En oportunidad, la secretaría controlará los traslados de que trata el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 para que los apelantes sustenten su alzada y su contraparte eventualmente la descorra, luego de lo cual el asunto ingresará al despacho para resolver lo pertinente. So pena de los efectos procesales correspondientes, la sustentación de la alzada admitida versará, únicamente, sobre los reparos concretos que se presentaron contra el fallo de primer grado, conforme lo regula el precepto en cita y la jurisprudencia (CSJ.

SC3148-2021 y STC12927-2022). Las partes harán llegar sus respectivos escritos al correo electrónico de la secretaría: secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE El magistrado, MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA (firma electrónica) Firmado Por: Continuación de auto en el proceso n.° 110013103007202200231 01 Clase: Verbal -------------------------------------Manuel Alfonso Zamudio Mora Magistrado Sala 005 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e73064c8786a7377851a12059c293e3cad8e8b2d1fa4aa31a14cc3dbd0380425 Documento generado en 03/06/2025 04:18:55 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2