Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 1.- 08001310300120160018503 12AUTORECONOCE

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Radicación Interna. 45427 Código Único de Radicación: 08-001 31 03 001 2016 00185 03 REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA DESPACHO TERCERO DE LA SALA CIVIL FAMILIA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN Para ver la carpeta digital, utilice este enlace 45427 Proceso: Verbal -Pertenencia Demandante: Vivian Patricia Salcedo Salgado Demandado: Alicia Salas de Clark y Personas Indeterminadas Terceros Intervinientes Grupo Argos S.A., Comunidad San José Compañía de Jesus Barranquilla D.E.I.P., diecisiete (17) de marzo de dos mil veinticinco (2025)..

Se aportó un contrato de cesión de derechos litigiosos por parte de la demandante a favor de la sociedad Santorini VSS S. en C, frente a lo cual el tercero interviniente solicita que no se le reconozca los efectos de Sustitución Procesal véase nota 1e 7 de 2021 y su complementaria de 16 de febrero de 2024. Siendo admitidos el 6 de mayo de este año. Revisado el contrato aportado se aprecia que efectivamente la demandante Vivian Patricia Salcedo Salgado ha cedido a la sociedad Santorini VSS S. en C sus derechos en el presente litigio condicionado a las resultas de las sentencias que se profieran en él; aunque es la misma señora Salcedo Salgado quien firma a nombre de ambos contratantes, se aprecia en el Certificado de la Cámara de Comercio adjuntado, que ella tiene la representación legal de esa sociedad, por lo cual se admitirá la referida cesión. Teniendo razón el tercero interviniente de que no es posible aceptarla como una “Sustitución Procesal” pues tal cesión carece de la aceptación expresa de los demás intervinientes en este proceso.

En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, en Sala Tercera de Decisión Civil – Familia RESUELVE 1 Archivos 034 a 038 del presente cuaderno 1 Despacho 08-001-22-13-003 Sala Segunda de Decisión Civil Familia Correo: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Radicación Interna. 45427 Código Único de Radicación: 08-001 31 03 001 2016 00185 03 Reconocer la cesión de derecho litigioso efectuada por la demandante Vivian Patricia Salcedo Salgado a favor de la sociedad Santorini VSS S. en C Admitir a la sociedad Santorini VSS S. en C como litis consorte de la demandante Vivian Patricia Salcedo Salgado.

Notifíquese y Cúmplase. Alfredo de Jesús Castilla Torres _ Firmado Por: Alfredo De Jesus Castilla Torres Magistrado Sala 003 Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 6fa94e7877fa3554bc2e012b94265f5bbccb0569088bcd26f8fe35d5363a3d65 Documento generado en 17/03/2025 10:50:56 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 1 Despacho 08-001-22-13-003 Sala Segunda de Decisión Civil Familia Correo: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co