República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar Sala Cuarta de Decisión Civil – Familia – Laboral HERNÁN MAURICIO OLIVEROS MOTTA Magistrado Ponente REFERENCIA: RADICACIÓN: DEMANDANTE: DEMANDADO: PROCESO ORDINARIO LABORAL 20001 31 05 004 2017 00299 05 GUSTAVO PEREZ PARODI DELFINA MERCEDES CORZO DE ARMAS. Valledupar, diecinueve (19) de diciembre de dos mil veinticinco (2025).
Seria del caso tramitar el grado jurisdiccional de consulta en el proceso ordinario laboral de la referencia, repartido a este Despacho el 31 de octubre del presente año1. No obstante, al verificar el expediente, se constata que el proceso fue asignado2 previamente al Despacho N°. 002 de esta Colegiatura en su especialidad Civil Familia Laboral, el cual preside actualmente el Magistrado Jesús Armando Zamora Suárez, despacho que resolvió confirmar el auto del 21 de julio de 2022, por medio del cual fue negada la nulidad del proceso.
Por lo anterior, y de conformidad con la expresa disposición del artículo 10 del Acuerdo PCSJA17-10715 que indica, “El magistrado a quien se asigne el conocimiento de un asunto será el ponente de la primera y demás apelaciones que se propongan”, se ordenará remitir este expediente a la aludida sede judicial para lo de su cargo, previas anotaciones que correspondan.
De igual forma, por Secretaría realícese las gestiones pertinentes ante la Oficina Judicial para que sea descargado de este Despacho y se haga la debida compensación, reasignándose el proceso de la referencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, HERNÁN MAURICIO OLIVERO MOTTA Magistrado 1 “01ActaReparto.pdf” en C05ApelacionAuto 2 “01ActaRepartoTribunal.pdf” en C02ApelacionAuto