TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL BUCARAMANGA Sala Primera de Decisión Laboral ELVIA MARINA ACEVEDO GONZÁLEZ Magistrada Sustanciadora Radicado único: 68001-31-05-002-2020-00216-01 Bucaramanga, treinta (30) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) Vista la solicitud elevada el 11 de agosto de 20241, por la incidentante Rosa Ojeda Correa, quien peticiona se libre mandamiento de pago dentro del incidente de regulación de honorarios y se decrete el embargo de los dineros que resulten como consecuencia del pago al demandante, se considera necesario remitir la actuación al juez de primer grado, para garantizar la salvaguarda al debido proceso [articulo 29 CN], conforme al cual en toda actuación judicial las partes deberán contar con la posibilidad de acudir en doble instancia, lo que no sucedería si es la Sala quien resuelve la petición incoada, máxime, cuando el incidente de regulación de honorarios se adelanta con independencia del proceso ordinario ante el juez de conocimiento [cánones 78 y 306 del C.G.P.].
Por consiguiente, se DISPONE: 1. Por Secretaria, realizar el envío, al Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bucaramanga, de la solicitud elevada por Rosa Ojeda Correa dentro del proceso ordinario adelantado por Luis Alberto Hernández Albarracín, contra la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ELVIA MARINA ACEVEDO GONZÁLEZ 1 C02Segunda Instancia Derivado 19CorreoApoderadaDteSolicitaIncidenteRegulacionHonorarios20240812.pdf. Firmado Por: Elvia Marina Acevedo Gonzalez Magistrada Sala 05 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1ccfe7f4f1a5c0784a39df65bd4e0621e36c994abdf7b917135c39fea999d259 Documento generado en 29/09/2024 01:24:43 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica