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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 023-2022-00179-01 MAG. OSCAR FERNANDO YAYA PEÑA - AUTO DECLARA DESIERTO RECURSO

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA SÉPTIMA CIVIL DE DECISIÓN Bogotá, D.C., veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro 11001 3103 023 2022 00179 01 Ref. proceso verbal de Héctor Eduardo Veloza Torres frente a Cooperativa de Ahorro y Crédito de Suramérica S.A. Como quiera que el demandante no sustentó su recurso en la oportunidad que consagra el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 (que se computó a partir de la ejecutoria del auto del pasado 31 de julio, mediante el cual se admitió el recurso vertical), el suscrito Magistrado DECLARA DESIERTA esa alzada, que fue interpuesta contra la sentencia que en primera instancia se profirió en el proceso de la referencia. Lo anterior, en atención a las previsiones del inciso final del artículo 322 del C. G. del P., por cuya virtud, “el juez de segunda instancia declarará desierto el recurso de apelación contra una sentencia que no hubiere sido sustentado”.

En firme este proveído, reingrese el expediente al despacho para continuar con el trámite del recurso de apelación que impetró la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Suramérica S.A. Notifíquese y cúmplase ÓSCAR FERNANDO YAYA PEÑA Magistrado Firmado Por: 1 OFYP 2022 00179 01 Oscar Fernando Yaya Peña Magistrado Sala 011 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 56fcd2794a9195f9dfbc3e42941af8637b317c5532f1490ebc0d46325c1721c3 Documento generado en 26/08/2024 03:46:19 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica