Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 2024-910 Auto prescinde práctica

Sala: SALA LABORAL

Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bucaramanga Ref. Proceso Ordinario Rad. 68001-31-05-004-2022-00131-01 R.I. 910-2024 Demandante: Luz Pinto Flórez Demandados: ARL Sura y otro Bucaramanga, veintiséis (26) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Verificado el expediente, se advierte que, en cumplimiento del auto del 21 de agosto de 2025, mediante Oficio No. 302-2025 del 22 de agosto de la misma anualidad, la Secretaría de esta Corporación solicitó al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Cúcuta, vía correo electrónico, el expediente radicado bajo el número 2004-00252.

Sin perjuicio de lo anterior, no se evidencia respuesta del despacho requerido y, dado que la prueba decretada de oficio carece de incidencia para decidir de fondo el litigio, se prescinde de su práctica, conforme a los principios de celeridad y economía procesal. Por lo anteriormente expuesto el suscrito magistrado, Resuelve prescindir de la práctica de la prueba decretada de oficio mediante auto de 21 de agosto del año en curso.

Notifíquese y Cúmplase. Elver Naranjo