República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio MAGISTRADO PONENTE: WILLIAM SALAMANCA DAZA Radicado: Procedencia: Demandante: Accionados: Derechos: 110012220000202500162 00 Secretaría Extinción de Dominio del Tribunal de Bogotá Santiago Castro Grueso Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio, Dirección de Fiscalías de Extinción de Dominio, Juzgado 1 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S, Juzgado primero Civil del Circuito de ejecución de Cali, Banco Davivienda, Titularizadora Colombiana S.A. Debido proceso, Vivienda digna y buen nombre Bogotá D. C., Catorce (14) de julio de dos mil veinticinco (2025).
Concurre a la tuición el accionante señalado en el epígrafe, quién manifiesta haber adquirido el inmueble identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 370-923336 mediante un crédito hipotecario, señala que, debido a dificultades económicas, comenzó a atrasarse en el pago de las cuotas correspondientes a dicha obligación, razón por la cual optó por ofrecer en venta el bien como solución a su situación financiera.
Indica que, al momento de celebrarse la compraventa, fue informado por la arrendataria del inmueble que, en el año 2023, la Fiscalía 71 Especializada en Extinción de Dominio ordenó la imposición de medidas cautelares sobre el mismo, así mismo, alude que no tiene conocimiento que se encuentre inmerso en una investigación penal ni proceso de extinción de dominio alguno. Ante esta situación, contrató los servicios de un profesional del derecho, quien, tras realizar una consulta, verificó que las medidas cautelares fueron impuestas mediante resolución de fecha 12 de mayo de 2023.
No obstante, aunque dentro del radicado correspondiente existe una demanda de extinción de dominio, el inmueble en cuestión no se encuentra vinculado en dicha actuación. En virtud de lo anterior, decidió solicitar el control de legalidad con el fin de lograr el levantamiento de las medidas cautelares y así recuperar su bien. Sin embargo, manifiesta que no ha recibido respuesta alguna a dicha solicitud, lo que le ha generado un perjuicio directo.
Por esta razón, solicita la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la vivienda digna y al buen nombre. Al ser los funcionarios judiciales mencionados inferiores funcionales de la Sala, por mandato de los numerales 4º del artículo 1º del Decreto 333 de 2021, esta es competente para conocer del asunto. 2 República de Colombia Rama Judicial Radicado: 110012220000202500162 00 Accionada: Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio y otros Accionante: Santiago Castro Grueso.
Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio Es por ello que se dispone: i.) AVOCAR el conocimiento de la demanda; ii.) En consecuencia, se ORDENA que por Secretaría de la Sala se NOTIFIQUE de su vinculación a este asunto a Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio, Dirección de Fiscalías de Extinción de Dominio, Juzgado 1 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S, Juzgado primero Civil del Circuito de ejecución de Cali, Banco Davivienda, Titularizadora Colombiana S.A. iii.) CORRÁSELES traslado de la demanda y sus anexos; iv.) CONFIÉRASELE el término de un (1) día para el ejercicio de la contradicción; como quiera que los intereses de los afectados dentro del sumario 1100160990682024-00023 E.D., se dispone que el Secretario de la Sala, FIJE AVISO en el sitio de internet que administra, convocando a los interesados en ese expediente, para que, si lo estiman, dentro del mismo lapso, intervengan en procura de sus derechos.
COMUNÍQUESE lo resuelto por el medio más expedito a la parte demandante.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE WILLIAM SALAMANCA DAZA Magistrado 3 República de Colombia Rama Judicial Radicado: 110012220000202500162 00 Accionada: Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio y otros Accionante: Santiago Castro Grueso. Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio Bogotá D. C., Catorce (14) de julio de dos mil veinticinco (2025).
Oficio: Señor: Santiago Castro Grueso Correo electrónico: dhenaor@hotmail.com Carrera 4 # 11- 45 Ciudad Radicado: Procedencia: Demandante: Accionados: Derechos: 110012220000202500162 00 Secretaría Extinción de Dominio del Tribunal de Bogotá Santiago Castro Grueso Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio, Dirección de Fiscalías de Extinción de Dominio, Juzgado 1 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S, Juzgado primero Civil del Circuito de ejecución de Cali, Banco Davivienda, Titularizadora Colombiana S.A. Debido proceso, Vivienda digna y buen nombre Distinguido accionante, Por medio del presente le comunico que se avocó la acción constitucional, en consecuencia, las accionadas cuentan con un término perentorio para pronunciarse ante lo alegado.
Cordialmente, JOSÉ WILLIAM SILVA CASTAÑEDA Escribiente 4 República de Colombia Rama Judicial Radicado: 110012220000202500162 00 Accionada: Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio y otros Accionante: Santiago Castro Grueso. Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio Bogotá D. C., Catorce (14) de julio de dos mil veinticinco (2025).
Oficio: Señores Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio Ciudad Radicado: Procedencia: Demandante: Accionados: Derechos: 110012220000202500162 00 Secretaría Extinción de Dominio del Tribunal de Bogotá Santiago Castro Grueso Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio, Dirección de Fiscalías de Extinción de Dominio, Juzgado 1 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S, Juzgado primero Civil del Circuito de ejecución de Cali, Banco Davivienda, Titularizadora Colombiana S.A. Debido proceso, Vivienda digna y buen nombre Distinguida Fiscal, Por medio del presente le NOTIFICO que ha sido vinculado a la acción de tutela de la referencia, es por ello que corro a Ud. traslado de la demanda y sus anexos a efectos de que ejerza contradicción. Para el efecto cuenta con el término de un (1) día. Su respuesta puede remitirse a los scrb01secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co Cordialmente, JOSÉ WILLIAM SILVA CASTAÑEDA Escribiente correos electrónicos y 5 República de Colombia Rama Judicial Radicado: 110012220000202500162 00 Accionada: Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio y otros Accionante: Santiago Castro Grueso.
Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio Bogotá D. C., Catorce (14) de julio de dos mil veinticinco (2025). Oficio: Señor DIRECTOR DE FISCALÍAS DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BOGOTÁ Ciudad Radicado: Procedencia: Demandante: Accionados: Derechos: 110012220000202500162 00 Secretaría Extinción de Dominio del Tribunal de Bogotá Santiago Castro Grueso Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio, Dirección de Fiscalías de Extinción de Dominio, Juzgado 1 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S, Juzgado primero Civil del Circuito de ejecución de Cali, Banco Davivienda, Titularizadora Colombiana S.A. Debido proceso, Vivienda digna y buen nombre Distinguido, Por medio del presente le NOTIFICO que ha sido vinculado a la acción de tutela de la referencia, es por ello que corro a Ud. traslado de la demanda y sus anexos a efectos de que ejerza contradicción. Para el efecto cuenta con el término de un (1) día. Su respuesta puede remitirse a los scrb01secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co Cordialmente, JOSÉ WILLIAM SILVA CASTAÑEDA Escribiente correos electrónicos y 6 República de Colombia Rama Judicial Radicado: 110012220000202500162 00 Accionada: Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio y otros Accionante: Santiago Castro Grueso.
Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio Bogotá D. C., Catorce (14) de julio de dos mil veinticinco (2025). Oficio: Señor Juzgado 1 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali Cali – Valle del Cauca.
Radicado: Procedencia: Demandante: Accionados: Derechos: 110012220000202500162 00 Secretaría Extinción de Dominio del Tribunal de Bogotá Santiago Castro Grueso Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio, Dirección de Fiscalías de Extinción de Dominio, Juzgado 1 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S, Juzgado primero Civil del Circuito de ejecución de Cali, Banco Davivienda, Titularizadora Colombiana S.A. Debido proceso, Vivienda digna y buen nombre Distinguido, Por medio del presente le NOTIFICO que ha sido vinculado a la acción de tutela de la referencia, es por ello que corro a Ud. traslado de la demanda y sus anexos a efectos de que ejerza contradicción. Para el efecto cuenta con el término de un (1) día. Su respuesta puede remitirse a los scrb01secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co Cordialmente, JOSÉ WILLIAM SILVA CASTAÑEDA Escribiente correos electrónicos y 7 República de Colombia Rama Judicial Radicado: 110012220000202500162 00 Accionada: Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio y otros Accionante: Santiago Castro Grueso.
Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio Bogotá D. C., Catorce (14) de julio de dos mil veinticinco (2025). Oficio: Señor SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES S.A.S. Ciudad Radicado: Procedencia: Demandante: Accionados: Derechos: 110012220000202500162 00 Secretaría Extinción de Dominio del Tribunal de Bogotá Santiago Castro Grueso Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio, Dirección de Fiscalías de Extinción de Dominio, Juzgado 1 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S, Juzgado primero Civil del Circuito de ejecución de Cali, Banco Davivienda, Titularizadora Colombiana S.A. Debido proceso, Vivienda digna y buen nombre Distinguido, Por medio del presente le NOTIFICO que ha sido vinculado a la acción de tutela de la referencia, es por ello que corro a Ud. traslado de la demanda y sus anexos a efectos de que ejerza contradicción. Para el efecto cuenta con el término de un (1) día. Su respuesta puede remitirse a los scrb01secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co Cordialmente, JOSÉ WILLIAM SILVA CASTAÑEDA Escribiente correos electrónicos y 8 República de Colombia Rama Judicial Radicado: 110012220000202500162 00 Accionada: Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio y otros Accionante: Santiago Castro Grueso.
Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio Bogotá D. C., Catorce (14) de julio de dos mil veinticinco (2025). Oficio: Señores Juzgado primero Civil del Circuito de ejecución de Cali Cali- Valle del Cauca. Radicado: Procedencia: Demandante: Accionados: Derechos: 110012220000202500162 00 Secretaría Extinción de Dominio del Tribunal de Bogotá Santiago Castro Grueso Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio, Dirección de Fiscalías de Extinción de Dominio, Juzgado 1 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S, Juzgado primero Civil del Circuito de ejecución de Cali, Banco Davivienda, Titularizadora Colombiana S.A. Debido proceso, Vivienda digna y buen nombre Distinguido, Por medio del presente le NOTIFICO que ha sido vinculado a la acción de tutela de la referencia, es por ello que corro a Ud. traslado de la demanda y sus anexos a efectos de que ejerza contradicción. Para el efecto cuenta con el término de un (1) día. Su respuesta puede remitirse a los scrb01secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co Cordialmente, JOSÉ WILLIAM SILVA CASTAÑEDA Escribiente correos electrónicos y 9 República de Colombia Rama Judicial Radicado: 110012220000202500162 00 Accionada: Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio y otros Accionante: Santiago Castro Grueso.
Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio Bogotá D. C., Catorce (14) de julio de dos mil veinticinco (2025). Oficio: Señores Banco Davivienda Ciudad Radicado: Procedencia: Demandante: Accionados: Derechos: 110012220000202500162 00 Secretaría Extinción de Dominio del Tribunal de Bogotá Santiago Castro Grueso Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio, Dirección de Fiscalías de Extinción de Dominio, Juzgado 1 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S, Juzgado primero Civil del Circuito de ejecución de Cali, Banco Davivienda, Titularizadora Colombiana S.A. Debido proceso, Vivienda digna y buen nombre Distinguido, Por medio del presente le NOTIFICO que ha sido vinculado a la acción de tutela de la referencia, es por ello que corro a Ud. traslado de la demanda y sus anexos a efectos de que ejerza contradicción. Para el efecto cuenta con el término de un (1) día. Su respuesta puede remitirse a los scrb01secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co Cordialmente, JOSÉ WILLIAM SILVA CASTAÑEDA Escribiente correos electrónicos y 10 República de Colombia Rama Judicial Radicado: 110012220000202500162 00 Accionada: Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio y otros Accionante: Santiago Castro Grueso.
Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio Bogotá D. C., Catorce (14) de julio de dos mil veinticinco (2025). Oficio: Señores Titularizadora Colombiana S.A. Radicado: Procedencia: Demandante: Accionados: Derechos: 110012220000202500162 00 Secretaría Extinción de Dominio del Tribunal de Bogotá Santiago Castro Grueso Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio, Dirección de Fiscalías de Extinción de Dominio, Juzgado 1 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S, Juzgado primero Civil del Circuito de ejecución de Cali, Banco Davivienda, Titularizadora Colombiana S.A. Debido proceso, Vivienda digna y buen nombre Distinguido, Por medio del presente le NOTIFICO que ha sido vinculado a la acción de tutela de la referencia, es por ello que corro a Ud. traslado de la demanda y sus anexos a efectos de que ejerza contradicción. Para el efecto cuenta con el término de un (1) día. Su respuesta puede remitirse a los scrb01secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co Cordialmente, JOSÉ WILLIAM SILVA CASTAÑEDA Escribiente correos electrónicos y 11 República de Colombia Rama Judicial Radicado: 110012220000202500162 00 Accionada: Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio y otros Accionante: Santiago Castro Grueso.
Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio Bogotá D. C., Catorce (14) de julio de dos mil veinticinco (2025). Oficio: Señor: SECRETARIO SALA EXTINCIÓN DE DOMINIO – TRIBUNAL DE BOGOTÁ Ciudad Radicado: Procedencia: Demandante: Accionados: Derechos: 110012220000202500162 00 Secretaría Extinción de Dominio del Tribunal de Bogotá Santiago Castro Grueso Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio, Dirección de Fiscalías de Extinción de Dominio, Juzgado 1 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S, Juzgado primero Civil del Circuito de ejecución de Cali, Banco Davivienda, Titularizadora Colombiana S.A. Debido proceso, Vivienda digna y buen nombre Distinguido Secretario, De conformidad con el Auto emitido por el Despacho y en concordancia con la orden allí contenida, por medio del presente doy alcance a fin que FIJE AVISO en el sitio de internet de la dependencia por usted dirigida, CONVOCANDO a los interesados en el sumario 1100160990682024-00023 E.D, que cursan en la Fiscalía 71 de Extinción de Dominio, para que si lo estiman, participen del presente debate; sus intervenciones podrán remitirse a los correos electrónicos scrb01secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co y secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co; el tenor literal del auto que así lo dispone es el siguiente: “Es por ello que se dispone: i.) AVOCAR el conocimiento de la demanda; ii.) En consecuencia, se ORDENA que por Secretaría de la Sala se NOTIFIQUE de su vinculación a este asunto a Fiscalía 71 Especializada de Extinción de Dominio, Dirección de Fiscalías de Extinción de Dominio, Juzgado 1 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S, Juzgado primero Civil del Circuito de ejecución de Cali, Banco Davivienda, Titularizadora Colombiana S.A. iii.) CORRÁSELES traslado de la demanda y sus anexos; iv.) CONFIÉRASELE el término de un (1) día para el ejercicio de la contradicción; como quiera que los intereses de los afectados dentro del sumario 1100160990682024-00023 E.D., se dispone que el Secretario de la Sala, FIJE AVISO en el sitio de internet que administra, convocando a los interesados en ese expediente, para que, si lo estiman, dentro del mismo lapso, intervengan en procura de sus derechos.” Cordialmente, JOSÉ WILLIAM SILVA CASTAÑEDA Escribiente