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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 027-20220-00437-01 DR ZAMUDIO AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., veinte (20) mayo de dos mil veinticinco (2025) Proceso N.° Clase: 110013103027202200437 01 VERBAL – RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL MILENIS LUCÍA GARCÍA GÓMEZ y otros. MAPFRE SEGUROS GENERALES DE COLOMBIA S.A. Demandante: Demandada: Con fundamento en los artículos 322 (incisos 2° y 3º del numeral tercero), 323 y 327 (último inciso) del Código General del Proceso, se ADMITE, en el efecto suspensivo, el recurso de apelación que ambos extremos procesales, impetraron contra la sentencia que el 29 de abril de 2025, profirió el Juzgado 27 Civil del Circuito de esta ciudad.

En oportunidad, la secretaría controlará los traslados de que trata el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 para que los apelantes sustenten su alzada y su contraparte eventualmente la descorra, luego de lo cual el asunto ingresará al despacho para resolver lo pertinente. So pena de los efectos procesales correspondientes, la sustentación de la alzada admitida versará, únicamente, sobre los reparos concretos que se presentaron contra el fallo de primer grado, conforme lo regula el precepto en cita y la jurisprudencia (CSJ.

SC3148-2021 y STC12927-2022). Las partes harán llegar sus respectivos escritos al correo electrónico de la secretaría: secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE El magistrado, MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA (firma electrónica) Firmado Por: Manuel Alfonso Zamudio Mora Magistrado Continuación de auto en el proceso n.° 110013103007202200231 01 Clase: Verbal -------------------------------------Sala 005 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a1568ebe8ed99228e14578f01bdc88abef4fb07fe372164584e86d8c2b692340 Documento generado en 20/05/2025 08:41:10 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2