R.I. 16480 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., diez (10) de junio de dos mil veinticinco (2025) Magistrada Ponente: Stella María Ayazo Perneth Proceso Radicado Verbal 11001310301820190034601 Demandante Demandado Instancia Asunto Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. Fiducoldex Fundación Visión Salud y otra Segunda Sentencia Revisada la determinación que emitió sobre el presente caso en sede constitucional, la Sala Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, y comoquiera que de conformidad con lo reglado en el canon 27 del Decreto 2591 de 1991 es menester dar lugar a su observancia plena; a fin de proveer sobre el particular la presente magistratura,
RESUELVE
PRIMERO: Obedecer y cumplir lo resuelto en vía de tutela por el Alto Tribunal Civil en la providencia STC8186-2025, que se recepcionó en la cuenta de correo de este despacho el 9 de junio del presente año.
SEGUNDO: En virtud de lo anterior, se deja sin valor y efecto en el sub examine la sentencia de segundo de grado proferida el 18 de marzo de esta anualidad, en pleno acatamiento de lo allí ordenado en el aparte resolutivo segundo que indicó: “[o]rdenar ( ) que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su notificación, deje sin efecto la providencia del 18 de marzo de 2025 para que, en su lugar, resuelva nuevamente el recurso de apelación”.
TERCERO: Ejecutoriado el presente proveído, por secretaría reingrese el plenario a fin de emitir una nueva decisión de fondo. Notifíquese y cúmplase, (firma electrónica) STELLA MARÍA AYAZO PERNETH Magistrada Firmado Por: R.I. 16480 Stella Maria Ayazo Perneth Magistrada Sala 04 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d2d3131b35844428f91197e062f124567ccf355f279dd5c4f02ad0d729bf38d9 Documento generado en 10/06/2025 12:32:51 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica