Magistrado Julián Valencia Castaño Auto S. No: Procedimiento: Demandante: Demandada: Radicado: Asunto: 108 de 2024 Verbal Cruz Nubia Ramírez Promotora Soler Gardens S.A. y otros 05001 31 03 011 2018 00332 01. Admite apelación y da traslado. TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, dos (02) de diciembre del dos mil veinticuatro (2024) De conformidad con lo previsto en el artículo 323 del C. G. del P. y, con lo instituido en el artículo 325 ibíd., concordado con el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se ADMITE en el efecto DEVOLUTIVO el recurso de apelación interpuesto por la parte codemandada Alianza Fiduciaria S.A. actuando en posición propia y como administradora y vocera del fideicomiso Soler Gardens, frente a la sentencia proferida por el Juzgado Once Civil del Circuito de Medellín, el día 24 de octubre de 2022, dentro del proceso de la referencia. La parte apelante, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto, so pena de declararse desierto el recurso de apelación, deberá presentar, la sustentación del recurso de apelación, misma que versará sobre los reparos concretos que blandió en primera instancia. Vencido dicho término, de la sustentación presentada –si a ello hubiera lugar- se corre traslado por el término de cinco (5) días a la parte contraria.
Las alegaciones respectivas, se enviarán al correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil del Tribunal Superior de Medellín - secivmed@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, JULIÁN VALENCIA CASTAÑO Magistrado “Al servicio de la justicia y la paz social” 1