República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ SALA CIVIL DE DECISIÓN Bogotá, veintisiete (27) de abril de dos mil veintiséis (2026) 11001310305320240015201 Teniendo en cuenta que el estrado de primera instancia acató el mandato contenido en providencia del 26 de enero de 2026, esta magistratura REANUDA el computo de términos que se encontraba suspendido, y por encontrarse legalmente procedente, el Despacho dispone: Admitir en el efecto SUSPENSIVO, el recurso de apelación interpuesto por el demandante, en contra de la sentencia proferida el 10 de diciembre de 2025, por el Juzgado Cincuenta y Tres Civil del Circuito de Bogotá. Una vez cobre ejecutoria la presente decisión, contrólense los términos con los que cuenta el aquí apelante para sustentar la alzada formulada, conforme lo consagra el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.
Transcurrido este lapso, de la sustentación presentada se correrá traslado a la parte contraria por el término de cinco (5) días, a fin de que, si a bien lo tiene, se pronuncie frente a las manifestaciones elevadas por el impugnante. Por Secretaría, una vez vencidos los mencionados términos, ingrese el expediente al Despacho, con el propósito de emitir la decisión que en derecho corresponda.
Las partes allegarán el escrito sustentatorio y su réplica, a la dirección de correo electrónico secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co.
NOTIFÍQUESE, GAMAL MOHAMMAND OTHMAN ATSHAN RUBIANO Magistrado (053 2024 00152 01) Firmado Por: Gamal Mohammand Othman Atshan Rubiano Magistrado Sala 009 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: dba95882a08ba8361095991fc62d3345d8637d091a75d805228119e5d28ccb55 Documento generado en 27/04/2026 09:13:56 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica