REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL – DESPACHO 06 Bucaramanga, nueve (9) de junio de dos mil veintiséis (2026) Proceso: Demandante: Accionados: Radicado: Interno: Tema: Decisión: Ordinario Laboral GUSTAVO ADOLFO JIMÉNEZ SILVA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE SAN GIL Y UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BUCARAMANGA 68001-31-05-001-2025-00102-01 2026-0410 Contrato de Trabajo Auto Admisorio ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por el demandante GUSTAVO ADOLFO JIMÉNEZ SILVA, respecto de la sentencia proferida el doce (12) de mayo de 2026 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bucaramanga.
EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a la parte apelante para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días. VENCIDO el término anterior, empezará a CORRER igual término a las demás partes como no apelantes con el mismo objeto. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.
Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022. Si el expediente corresponde al Gestor Documental Sistema Integrado de Gestión Procesal SIUGJ, los alegatos deberán ser cargados en la misma plataforma.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 262673bd8c4698be57986b7d8d58a48cb8c302ccfa7eeb6657e667ec434a729c Documento generado en 09/06/2026 02:57:28 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica