TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE PASTO SALA CIVIL FAMILIA DE DECISIÓN Magistrada sustanciadora: Marcela Adriana Castillo Silva Ref.: Declarativo No. 2025-00189 (0278-26) Pasto, dieciocho (18) de marzo de dos mil veintiséis (2026) Conforme lo señala la constancia secretarial que antecede, la parte recurrente dentro del asunto de la referencia se abstuvo de presentar escrito de sustentación de la alzada en el término concedido para tal efecto mediante proveído de 4 de marzo de 2026.
El inciso final de numeral 3 del artículo 322 del Código General del Proceso refiere que “Si el apelante de un auto no sustenta el recurso en debida forma y de manera oportuna, el juez de primera instancia lo declarará desierto. La misma decisión adoptará cuando no se precisen los reparos a la sentencia apelada, en la forma prevista en este numeral.
El juez de segunda instancia declarara desierto el recurso de apelación contra una sentencia que no hubiere sido sustentado.” (Énfasis fuera del texto) En este sentido, atendiendo lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, y la postura adoptada por la Sala Mayoritaria de esta Corporación, que acogió el contenido de la Sentencia STC9311-2024 de la Corte Suprema de Justicia, si bien se presentaron los reparos concretos ante el juzgado de primer grado, no se materializó la labor argumentativa respectiva en segunda instancia con el propósito de determinar en extenso las razones de su desacuerdo contra la sentencia, máxime cuando en el auto admisorio de la alzada se hace esta exigencia procesal para estudiar el reproche en esta sede.
Así las cosas, es procedente declarar desierto este medio impugnaticio, y ordenar su devolución. Por lo anterior, se
RESUELVE
1 PRIMERO.- Declarar desierto el recurso de apelación formulado por la parte demandante contra la sentencia dictada el 26 de febrero de 2026 por el Juzgado Cuarto CIvil del Circuito de Pasto, dentro del proceso declarativo de responsabilidad civil extracontractual de la referencia. SEGUNDO.- Devuélvase el expediente junto con la actuación surtida en esta Corporación, al Juzgado de origen.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Marcela Adriana Castillo Silva Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 004 Civil Familia Tribunal Superior De Pasto - Nariño Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 6c9ec8b9667fe0efa27ee64cc4e75e35a691b09cb5f4bc498ef428f246a7e72a Documento generado en 18/03/2026 04:36:58 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2