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auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 11 08001315300720230000601 03AUTOADMITE-AUTOAVOCA

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA CIVIL FAMILIA ASUNTO: NO. RADICACIÓN: DEMANDANTE(S): DEMANDADO(S): TIPO DE PROCESO PROCEDENCIA: APELACIÓN SENTENCIA (46292) C-08001-31-53-007-2023-00006-01 MARCELA MERCEDES HERRERA ROCHA Y OTROS SALUD TOTAL E.P.S. S.A. Y OTROS CIVIL / DECLARATIVO / VERBAL / RESPONSABILIDAD MÉDICA JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA Barranquilla, D. E. I. y P., veintiocho de mayo de dos mil veinticinco Se ADMITE la apelación formulada por la parte demandante contra la sentencia dictada el 12 de mayo de 2025 por el Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Barranquilla.

La sustentación del recurso deberá presentarse necesariamente en esta instancia, dentro del término de 5 días contados a partir de la ejecutoriada esta providencia, so pena de que se declare DESIERTO, conforme prevén los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del C. G. del P. En caso de ser sustentado oportunamente, la Secretaría correrá traslado del escrito correspondiente a los no apelantes, en la forma y para los fines previstos en las normas antes aludidas.

Notifíquese y cúmplase. Firmado Por: John Freddy Saza Pineda Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f82ba299de1f87e725d0f820961613dfa00aec31f62061d4beeaedda7f122042 Documento generado en 28/05/2025 10:30:56 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica