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auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2021-00029-02 SIUGJ

Sala: SALA LABORAL

Radicado: 11001-31-05-009-2021-00029-02 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral Magistrada ponente Referencia Clase de Decisión Tipo de proceso Demandante MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Apelación de Sentencia Auto Ordinario Demandado Aerovías del Continente Americano S.A.. -Avianca S.A Radicación Despacho de origen 11001-31-05-009-2021-00029-02 Sala Laboral Tribunal Superior de Bogotá-MP Lorenzo Torres Russy.

Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Bogotá D.C. Admisión recurso y corre traslado para alegar Admite recurso y corre traslado para alegar de conclusión. Temas y Subtemas Decisión Kenneth Standde Castro Ibagué Tolima, once (11) de marzo del dos mil veintiséis (2026) En atención a los Acuerdos PCSJA25-12362 del 12 de diciembre de 2025 y CSJBTA26-3 de 21 de enero de 2026, proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura, se dispone avocar conocimiento del presente asunto repartido el 9 de marzo de 2026.

Ahora, revisado el proceso se advierte que esta pendiente de resolver sobre la admisión del recurso de apelación presentado por la parte demandante de la sentencia proferida por el Juzgado 9º Laboral del Circuito de Bogotá D.C. De conformidad con al artículo 66 de la SS, es procedente admitir el recurso de apelación presentado por la parte demandante contra la sentencia proferida el treinta (30) de octubre del dos mil veinticinco (2025) por el Juzgado 9º Laboral del Circuito de Bogotá D.C. Por otro lado, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se dispone a correr traslado a las partes para presentar alegatos de conclusión. Radicado: 11001-31-05-009-2021-00029-02 Se concede el término de 5 días a la parte demandante para presentar sus alegatos, y a continuación, para los mismos términos, se le otorgan 5 días a la parte demandada.

Los escritos de alegaciones deben radicarse a través del SIUJG. Conforme lo establecido en precedencia, esta Sala Unitaria, RESUELVE:

PRIMERO: ASUMIR el conocimiento del presente trámite de conformidad con lo dispuesto PCSJA25-12362 del 12 de diciembre de 2025 y CSJBTA26-3 de 21 de enero de 2026, proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura.

SEGUNDO: ADMITIR el recurso de apelación presentado por la parte demandante la sentencia proferida el treinta (30) de octubre del dos mil veinticinco (2025) por el Juzgado 9º Laboral del Circuito de Bogotá D.C.

TERCERO: CORRER traslado a las partes para presentar sus alegatos de conclusión. El término para las alegaciones se computará así: 5 días para la parte demandante y posteriormente 5 días para la parte demandada. Los escritos deben acatar las instrucciones de remisión señaladas en la parte motiva de la decisión. Notifíquese y cúmplase, MONICA JIMENA REYES MARTINEZ Magistrada Firmado Por: Monica Jimena Reyes Martinez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 2 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ad4222d0dda4f3b486f04cf7a469b132ba6dc95b2648888b0110eea542b527e4 Documento generado en 12/03/2026 10:09:49 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica