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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 03. 41001-31-05-001-2021-00081-01 AutoReconocePersoneria Dr Luz Dary

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA TERCERA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL Neiva, veinticuatro (24) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) Magistrada: LUZ DARY ORTEGA ORTIZ Radicación: 41001-31-05-001-2021-00081-01 Demandante: GERMÁN EDUARDO MARTÍNEZ BARRETO Demandados: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES, ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A. Proceso: ORDINARIO LABORAL Con memorial remitido vía correo electrónico, MAURICIO ROA PINZÓN representante legal de la UNIÓN TEMPORAL REPRESENTACIÓN JURÍDICA COLPENSIONES 2023, aportó poder general conferido por la administradora demandada mediante escritura pública No. 1.969 de 19 de octubre de 2023 de la Notaría Octava del Círculo de Bogotá, solicitando reconocimiento de personería para actuar en el asunto y a su vez, sustitución al abogado JUAN ÁLVARO DUARTE RIVERA.

Al corroborar, que en términos del inciso 2 del canon 75 ibidem, la UNIÓN TEMPORAL REPRESENTACIÓN JURÍDICA COLPENSIONES 2023, tiene como objeto social principal la prestación de servicios jurídicos, se le reconocerá personería jurídica para actuar a través de su representante legal, y por encontrarse autorizado también se hará frente a su sustituto.

Por lo que se, DISPONE:

PRIMERO: RECONOCER PERSONERÍA como apoderado judicial de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES - COLPENSIONES, a la UNIÓN TEMPORAL REPRESENTACIÓN JURÍDICA COLPENSIONES 2023, a través de su representante legal y abogado MAURICIO ROA PINZÓN, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.513.792 y portador de la tarjeta profesional No. 178838 del C.S. de la J., en los términos y con las facultades conferidas.

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público SEGUNDO: RECONOCER PERSONERÍA al abogado JUAN ÁLVARO DUARTE RIVERA, con cédula de ciudadanía No. 79.523.279 y portador de la tarjeta profesional No. 192928 del C.S. de la J., como apoderado sustituto de la entidad demandada, en los términos y con las facultades conferidas.

NOTIFÍQUESE LUZ DARY ORTEGA ORTIZ Magistrada Firmado Por: Luz Dary Ortega Ortiz Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 286eb472e7e7b96ec87a624c262bb85fd56a9c24febe51c4a2528fb5b99c34ef Documento generado en 24/09/2024 09:52:11 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2 41001-31-05-001-2021-00081-01