Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 017-2016-00121-03 DR ACOSTA AUTO PROGRAMA AUDIENCIA

Sala: SALA CIVIL

Bogotá D.C., veinte (20) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) DEMANDANTES DEMANDADOS CLASE DE PROCESO MARIA CRISTINA QUINTANA PARRA ALIRIO CASTRO ACOSTA. JOSÉ ISMAEL RUBIO LANCHEROS PERSONAS INDETERMINADAS. PERTENENCIA. y y Dado que las partes no allegaron en el plazo suficiente para la audiencia programada el 26 de noviembre de 2024, se hace indispensable reprogramarla.

Como fue allegado 15 de noviembre de 2024 por los demandados el dictamen pericial requerido por medio de auto del 24 de octubre de 2024 se ordena a la Secretaría del Tribunal ponerlo «a disposición de las partes» por un término de 10 días (art. 231, C.G.P). Si los demandantes, con la antelación exigida por la norma, aportan su dictamen, como también se dispuso oficiosamente en la providencia mencionada, secretaría procederá de la misma forma indicada para el que ya se presentó. A su vez, para efectos de llevar a cabo la contradicción del o los dictámenes, atendiendo lo dispuesto en el artículo 231 del C.G.P. y el inciso 3 del artículo 12 de la ley 2213 de 2022, se señala como nueva fecha el 10 de diciembre de 2024 a las 9:00 a.m. para audiencia presencial de contradicción de los dictámenes y demás pruebas de segunda instancia, que se llevará a cabo en una de las salas de audiencias de las instalaciones físicas del Tribunal, la cual se les informará oportunamente.

A ella deben concurrir las partes, apoderados y obligatoriamente los peritos. Notifíquese, Radicación Interna: 6476 R.A.B. # 11001310301720160012103