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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 06. 41001-31-05-001-2023-00291-01 AutoAdmiteConsulta Dr Enasheilla

Ponente: Enasheilla Polanía Gómez

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Civil Familia Laboral Magistrada Sustanciadora: ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Proceso: Ordinario Laboral Radicación: 41001-31-05-001-2023-00291-01 Demandante: MYRIAM LICETH LIZCANO CULMAN Demandado: VISION & MARKETING S.A.S.: DIAGEO COLOMBIA S.A. // LISTOS S.A.S. Llamada garantía: COMPAÑÍA ASEGURADORA CONFIANZA Procedencia: Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva Asunto: Admite consulta de sentencia Neiva, treinta (30) de enero de dos mil veinticinco (2025) Como quiera que la sentencia proferida el 17 de septiembre de 2024, por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva (H.), satisface los supuestos del artículo 69 del C.P.T. y de la S.S., por resultar totalmente adversa a las pretensiones de la trabajadora demandante, deberá consultarse, por lo que, se

RESUELVE

ADMITIR la consulta de la sentencia proferida en audiencia celebrada el 17 de septiembre de 2024, por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva. Notifíquese y Cúmplase. ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Magistrada Sustanciadora (41001-31-05-001-2023-00291-01) Myriam Liceth Lizcano Culman República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Civil Familia Laboral Firmado Por: Enasheilla Polania Gomez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1cfead41e6a2526a5b27f4423f05924b9537f1d5d4bfdb04cbd922d43d0c64b7 Documento generado en 30/01/2025 04:26:54 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica (41001-31-05-001-2023-00291-01) Myriam Liceth Lizcano Culman