Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 008-2018-00293-03 DRA AYALA AUTO DECLARA DESIERTO

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Adriana Ayala Pulgarín

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C. veinticinco (25) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001 31 03 008 2018 00293 03. Tipo: Verbal. Demandantes: Jorge Saúl Noreña Vargas y otra. Demandado: Daniel Aparicio Carvajal Beltrán y otros. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN Determina el artículo 323 del Código General del Proceso que: “[l]a circunstancia de no haberse resuelto por el superior recursos de apelación en el efecto devolutivo o diferido, no impedirá que se dicte la sentencia. Si la que se profiera no fuere apelada, el secretario comunicará inmediatamente este hecho al superior por cualquier medio, sin necesidad de auto que lo ordene, para que declare desiertos dichos recursos” (resalto del despacho).

En el caso de marras se advierte que mediante oficio No. 359 del 20 de marzo de 20251, el Juzgado Octavo Civil del Circuito de esta ciudad informó a esta Corporación que el seis (6) de marzo del presente año dictó sentencia dentro del presente asunto, la que no fue objeto de recurso alguno, en esa medida solicitó “no dar trámite al oficio No. 302 que se remitió para apelación auto mediante correo el día 05 de marzo de 2025”.

Luego, se deberá proceder de la forma indicada en la citada disposición, frente al recurso de apelación formulado por la parte demandada contra el auto adiado 6 de diciembre de 2024, esto es, declarar su deserción. DECISIÓN 1 Cfr. PDF 005 – Cuaderno Tribunal. Radicación: 11001 31 03 008 2018 00293 03 En mérito de lo expuesto, la suscrita magistrada de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C.,

RESUELVE

Primero: Declarar desierto el recurso de apelación formulado por la parte demandada contra el auto adiado 6 de diciembre de 2024. Segundo: Ejecutoriado lo aquí resuelto, devuélvanse las diligencias al Juzgado de origen, previas las anotaciones de rigor. Notifíquese y Cúmplase, Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0c4d9c0658e2b74bd7bf4ba048ce0229e16e3bb33366014814e683fd887e64f0 Documento generado en 25/03/2025 01:41:42 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2