Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto Sala Laboral Luis Eduardo Angel Alfaro Magistrado Febrero veinticinco (25) de dos mil veinticinco (2025) Clase de proceso: Ordinario Laboral Radicación: 520013105003-2021-00350-01 (437) Demandante: Angel Orlando Fiquitiva Prieto Porvenir S.A., Skandia S.A. y Colpensiones E.I.C.E. Demandad0s: En escrito allegado por el doctor FAUSTO ALEJANDRO VILLALBA SALINAS, manifiesta que, obrando como abogado inscrito en el Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad GODOY CÓRDOBA ABOGADOS S.A.S.1, quien obra como apoderada principal de la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS SKANDIA S.A., solicita la terminación del proceso en referencia, con fundamento en el numeral 2do del artículo 21 del Decreto 1225 de 2024, por medio del cual se reglamenta la Ley 2381 de 2024 y el hecho que desde el 1º de febrero de 2024, el demandante se encuentra efectivamente afiliado a Colpensiones, lo cual da lugar a la carencia de objeto del litigio y de contera la terminación del proceso.
En respaldo de esta solicitud, anexa documento que da cuenta del traslado (Ver folio 6 PDF 031). Frente a la petición de terminación en comento, es del caso indicar que, mediante proveído del 7 de febrero de 2025, previa exposición de motivos, se negó la petición de terminación del proceso elevada por Porvenir S.A., por las mismas razones expuestas por la ahora peticionaria Skandia S.A.; de tal manera que, al persistir el motivo que dio lugar a la referida negativa, esta última entidad, deberá estarse a lo dispuesto en el referido auto.
Finalmente, se procederá a reconocerle personería adjetiva al abogado FAUSTO ALEJANDRO VILLALBA SALINAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.000.588.698 de Chía y T.P. 419732 del C. S de la J. para que actúe como apoderado Skandia Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías S.A., de conformidad con las facultades concedidas en el Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad Godoy Córdoba Abogados S.A.S., persona jurídica que funge como apoderada especial de la Skandia S.A. En armonía con lo anterior, el suscrito Magistrado de la Sala laboral del Tribunal Superior de Pasto, D I S P O N E:
PRIMERO. Frente a la solicitud de terminación del poder elevada por SKANDIA S.A., ESTESE A LO DISPUESTO en ordinal segundo del auto dictado el 7 de febrero de 2025. 1 Ver folio 46 PDF 031 SEGUNDO. Reconocer personería adjetiva para actuar dentro del presente proceso como apoderado de Skandia S.A., al abogado al abogado FAUSTO ALEJANDRO VILLALBA SALINAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.000.588.698 de Chía y T.P. 419732 del C. S de la J.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE LUIS EDUARDO ÁNGEL ALFARO Magistrado RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE PASTO SALA LABORAL HOY 26 DE FEBRERO DE 2025 NOTIFICO LA ANTERIROR DECISIÓN POR ESTADOS ELECTRONICOS LISSETE ANDREA MANTILLA PEREZ SECRETARIA