Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 006 2021 00009 AutoAdmiteCorreTraslasdo

Sala: SALA LABORAL

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA SEXTA DE DECISIÓN LABORAL Medellín, Dieciocho (18) de junio de dos mil veinticuatro (2024) PROCESO: DEMANDANTE(S): DEMANDADO(S): RADICADO: ORDINARIO LABORAL GUSTAVO JARAMILLO GÓMEZ COLPENSIONES. Y PORVENIR S.A. 050013105 – 006-2021-00009 – 01 En los términos del artículo 82 del Código Procesal del Trabajo modificado por el artículo 13 de la Ley 1149 de 2007, se admite el RECURSO DE APELACIÓN presentado por el apoderado del DEMANDANTE.

En cumplimiento del artículo 69 del Código Procesal del Trabajo modificado por el artículo 14 de la Ley 1149 de 2007, se avoca conocimiento del proceso en el GRADO JURISDICCIONAL DE CONSULTA a favor de COLPENSIONES. Ejecutoriada la anterior decisión -tres (3) días hábiles después de la notificación por estados-, se corre traslado a el DEMANDANTE, que es el apelante, por un término de cinco (5) días hábiles, para presentar por escrito las alegaciones previas al fallo de segunda instancia, término que correrá entre el 25 de junio y el 2 de julio de 2024.

Acto seguido, se le corre traslado para alegar por escrito a PORVENIR S.A. Y COLPENSIONES, por el término de cinco (5) días hábiles, el que comenzará a correr a partir del día hábil siguiente al vencimiento del traslado anterior, entre el 3 y el 9 de julio de 2024. Las alegaciones deberán dirigirse al correo electrónico: des00sltsmed@cendoj.ramajudicial.gov.co Se remite el enlace del expediente para conocimiento y consulta: Expediente: 006 – 2021 - 00009 La actuación dispuesta en el presente auto se fundamenta en lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 13 de la Ley 2213 de 2022.

NOTIFÍQUESE ANA MARÍA ZAPATA PÉREZ Magistrada Pág. 1 Calle 14 N° 48 - 32, Edificio Horacio Montoya Gil, Teléfonos: 604 401 77 61 – 604 401 73 13, Medellín, Colombia seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co