Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310300420210038902 AdmiteApelacion

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, seis (6) de febrero de dos mil veinticinco (2025) Procedimiento: Radicado: Demandante: Demandado: Providencia Decisión: Verbal 05001 31 03 004 2021 00389 02 Diego Antonio Vahos Uribe Héctor Julio Briceño Martínez y otros.

Auto Admite recurso y corre traslado Se admite, en el efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante frente a la sentencia anticipada del 18 de noviembre de 2024, proferida por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Medellín, en el asunto de la referencia. Conforme con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, la apelante deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto.

De la sustentación presentada se correrá traslado sucesivo a la contraparte, por el término de cinco (5) días.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARTÍN AGUDELO RAMÍREZ MAGISTRADO Firmado Por: Jorge Martin Agudelo Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: db7dd892dec4858dd42c4682a3113d0fa64b4fdc291432d229c4bf832a5c677c Documento generado en 06/02/2025 03:54:26 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica