Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 000-2025-01492-00 DR CERON AUTO ADMITE REVISION

Sala: SALA CIVIL

Recurso Extraordinario de Revisión Demandante en revisión: Luisa Fernanda Bohórquez Suarez, Nohora Sofia Bohórquez Riaño, Albert Stic Bohórquez Urrego, Miguel Albercio Bohórquez Espitia, Carmen Elisa Bohórquez Rodríguez. Demandado: Nohora Elizabeth González Fajardo Y Betty Lucila González De Bohórquez. Exp. 110012203000202501492 – EXPEDIENTE-SGD.

Bogotá D.C, veintisiete (27) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Examinado el escrito presentado por los apoderados judiciales de las partes demandantes, mediante el cual se pretende subsanar los defectos advertidos en la demanda, este Despacho constata que los mismos fueron debidamente corregidos conforme a las exigencias legales.

En consecuencia, y verificado que se ha recibido el expediente correspondiente al proceso identificado con radicado Nro. 11001310300720210009200, y atendiendo lo dispuesto en el artículo 358 del Código General del Proceso, se dispone la admisión de la demanda de revisión, precisando que el análisis se circunscribirá exclusivamente a las causales invocadas por la parte actora en el escrito de demanda.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

PRIMERO: ADMITIR la presente demanda de revisión presentada por Luisa Fernanda Bohórquez Suarez, Nohora Sofia Bohórquez Riaño, Albert Stic Bohórquez Urrego, Miguel Albercio Bohórquez Espitia, Carmen Elisa Bohórquez Rodríguez en contra la sentencia de 20 de noviembre de 2024, proferida por el JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, dentro del proceso VERBAL DE PERTENENCIA.

SEGUNDO: CÓRRASELE traslado a las partes. Por el término de cinco (5) días, en la forma en la que se establece el artículo 91 del C.G.P.

TERCERO

NOTIFÍQUESE la presente providencia a la parte demandada, de manera personal, en los términos establecidos en el artículo 290,291 del C.G.P.

CUARTO: Por Secretaría, realícese el trámite correspondiente.

QUINTO: RECONOCER personería al abogado JOSE IGNACIO DUARTE MEDINA para que represente los intereses de los demandantes en los términos del poder conferido. Notifíquese JUAN CARLOS CERÓN DÍAZ Magistrado Firmado Por: Juan Carlos Ceron Diaz Magistrado Sala 002 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5f052fc58f791785ce9b984e99e4887ac6f8f63d3abfa4c609a1720c5d594595 Documento generado en 27/11/2025 08:16:41 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica