República de Colombia Departamento Norte de Santander Tribunal Superior Distrito Judicial de Cúcuta TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA - SALA CIVIL FAMILIA Magistrado Sustanciador: Doctor YAMITH RIAÑO SÁNCHEZ EXPEDIENTE: 54-498-31-84-002-2023-00030-01 RADICADO INT. 2024-0241-01 DEMANDANTE: HUMBERTO ROJAS SOLANO DEMANDADO: DIANA CAROLINA GARCÍA IBÁÑEZ Cesación de los Efectos Civiles de Matrimonio Católico Cúcuta, treinta (30) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) Efectuado el examen preliminar de que trata el artículo 325 del Código General del Proceso, se evidencia que los requisitos para la concesión del RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada el 17 de julio de 2024, por el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE OCAÑA, dentro del proceso de Cesación de los Efectos Civiles de Matrimonio Católico, se encuentran cumplidos, y por esta razón el suscrito Magistrado LO ADMITIRÁ, en el efecto SUSPENSIVO.
Ahora, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 del año 2022, se advierte a la parte apelante que, ejecutoriado el presente auto, deberá sustentar el recurso de apelación dentro de los cinco (5) días siguientes, vencidos los cuales, se correrá traslado a la parte contraria por el mismo término. Para el efecto antes descrito, se hace saber a los apoderados judiciales de las partes, que deberán remitir sus escritos al correo electrónico Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta Sala Civil Familia Rdo.
Interno 2024-0241-01 secscfamtscuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, correspondiente a la secretaría de la Sala Civil Familia de esta Corporación, dependencia que, en lo pertinente, dará aplicación a lo señalado en el parágrafo del artículo 9º de la mencionada Ley. Por la Secretaría de la Sala, REMÍTASE esta providencia a las direcciones electrónicas reportadas por las partes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. YAMITH RIAÑO SÁNCHEZ Magistrado 2