REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada Sustanciadora Bogotá D.C., veintisiete (27) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) Se decide el impedimento presentado por la Honorable Magistrada Heney Velásquez Ortiz. I.
ANTECEDENTES Manifiesta la Honorable Magistrada que en ella concurre la causal de impedimento consagrada en el numeral 2º del artículo 141 del C. P. G., en virtud a que su cónyuge es quien conoce actualmente del proceso, en calidad de Juez. II. CONSIDERACIONES Dispuso el legislador, para efectos de garantizar la transparencia y la imparcialidad en las decisiones judiciales que los magistrados, jueces y conjueces en quienes concurra alguna causal de recusación o impedimento, deben así declararlo tan pronto como la adviertan y expresando los hechos en que se fundamenta.
La causal de impedimento invocada, prevé que el juez deberá apartarse del conocimiento de un asunto tras: “(…) haber conocido del proceso o realizado cualquier actuación en instancia anterior, el juez, su cónyuge, compañero permanente o algunos de sus parientes indicados en el numeral precedente". (negrilla resaltado fuera del texto). 1 Proceso ejecutivo N°11001-31-03-045-2024-00153-01 Adolfo Guillermo Cadena contra Álvaro Riveros Amaya Acepta impedimento Examinando el asunto bajo la óptica de las manifestaciones expuestas por la Magistrada, no hay duda que se configura la causal de impedimento alegada, en tanto, su cónyuge, es el Juez 57 Civil del Circuito de Bogotá y fue quien profirió la decisión objeto de apelación, en fecha 08 de julio de 2024 mediante la cual se negó el mandamiento de pago en el proceso de la referencia. III.
DECISIÓN Por lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., Sala Civil, RESUELVE:
PRIMERO: ACEPTAR el impedimento manifestado por la Honorable Magistrada Heney Velásquez Ortiz y, en consecuencia, separarla del conocimiento del asunto en referencia.
SEGUNDO: ABONAR, por conducto de la Secretaría, el presente asunto al magistrado que sigue en turno, previas constancias de rigor. CÚMPLASE ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada Mppm 2 Proceso ejecutivo N°11001-31-03-045-2024-00153-01 Adolfo Guillermo Cadena contra Álvaro Riveros Amaya Acepta impedimento Firmado Por: Adriana Saavedra Lozada Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fbd8840fe3e22113fe19fe74b3a6e48eabe69a82b90f824a040c64c027f8fb1a Documento generado en 27/09/2024 12:05:08 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 3 Proceso ejecutivo N°11001-31-03-045-2024-00153-01 Adolfo Guillermo Cadena contra Álvaro Riveros Amaya Acepta impedimento