Micelio

auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 10. 41298-31-05-001-2024-0114-01 AutoAdmiteRecursoCorreTrasaldo Dr Gilma

Ponente: Gilma Leticia Parada Pulido

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL MAGISTRADA SUSTANCIADORA: GILMA LETICIA PARADA PULIDO Neiva (H), cuatro (4) de julio de dos mil veinticinco (2025) RAD: 41298-31-05-001-2024-0114-01 PROCESO ORDINARIO LABORAL DE JORGE LUIS ORTIZ OLARTE CONTRA CEDIEL JOSE LOMBANA LUGO. Conforme se presentaron y sustentaron oportunamente los recursos de apelación interpuestos por las partes contra la sentencia de 23 de mayo de 2025, proferida por el Juzgado Único Laboral del Circuito de Garzón, se ADMITEN las apelaciones de la misma.

De otro lado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 2213 de 2022, y en caso de no realizarse solicitudes probatorias en esta instancia, una vez ejecutoriada esta providencia concédase el término de 5 días a la parte recurrente para que presente los alegatos de conclusión; una vez vencido el anterior término córrase traslado a la contraparte por el lapso de cinco (5) días, para los mismos efectos.

NOTIFÍQUESE GILMA LETICIA PARADA PULIDO Magistrada Firmado Por: Gilma Leticia Parada Pulido Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a474b1b4d02785beca255b854d1057fc9f9e92698c392d80d5e470b2502a8f49 Documento generado en 04/07/2025 12:36:54 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica