Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura de Santander Tribunal Superior Distrito Judicial San Gil – Santander TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL – FAMILIA - LABORAL SAN GIL – SANTANDER San Gil, dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). Magistrado Ponente: DR. CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ ACCIÓN: PROVIDENCIA ORDINARIO LABORAL AUTO ADMITE GRADO JURISDICCIONAL DE CONSULTA DEMANDANTE: - SANDRA ISABEL GARCÍA LEÓN DEMANDADO: - SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN S.A. - ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES -COLPENSIONESJUZGADO DE JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE SAN GIL, ORIGEN: SANTANDER RADICACIÓN: 68-679-31-05-001-2022-00118-01 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, en concordancia con el artículo 69 del C.P.T. y de la S.S., modificado por el artículo 14 de la Ley 1149 de 2007, se admite el Grado Jurisdiccional de Consulta de la sentencia de fecha ocho (08) de agosto de dos mil veintitrés (2023), proferida por el Juzgado Laboral del Circuito de San Gil, Santander, dentro del proceso de la referencia. Ejecutoriada esta providencia, por la Secretaría de la Corporación, córrase traslado a las partes para alegar por escrito, a más tardar dentro del término de cinco (5) días cada una, memoriales que deberán ser allegados al correo electrónico seccivsgil@cendoj.ramajudicial.gov.co, iniciando el traslado por la parte demandante.
Cumplido lo expuesto, vuelvan las diligencias al Despacho.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ Magistrado Ponente Carlos Villamizar Súarez Firmado Por: Magistrado Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 70c743176def36623a77f1382227ca0df16ea577984a2640285cf3a8aadfef6f Documento generado en 18/12/2024 05:52:34 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica