Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 0023AutoRechaza202500673

Sala: SALA PENAL

Ponente: Augusto Enrique Brunal Olarte

Expediente: Radicado: Accionante: Accionada: Derechos: Acta Nro.: 2023 00673 08001310700220250005700 Yeisi Carolina Mejía Martínez. U.A.E. DIAN y otros. Trabajo y otros. 491 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla Sala Primera de Decisión Penal Sala Penal Magistrado Ponente: AUGUSTO ENRIQUE BRUNAL OLARTE Barranquilla, Atlántico, octubre primero (1) de dos mil veinticinco (2025) Procede la Sala a resolver solicitudes de adición requerida por la entidad accionada y de reconsideración allegada por la accionante Yeisi Carolina Mejía Martínez, en los siguientes términos. El inciso final del artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, dispone que “en ambos casos, dentro de los diez días siguientes a la ejecutoria del fallo de segunda instancia, el juez remitirá el expediente a la Corte Constitucional, para su eventual revisión”.; lo anterior hace que, proferida la decisión, esta Colegiatura pierde toda competencia para hacer pronunciamiento alguno, procedimiento únicamente el trámite procesal de envió a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Lo anterior, máxime que las partes pueden adoptar, dentro de los plazos dispuestos por dicho órgano de cierre, la petición de revisión en aras que sea estudiada por esa alta Corporación. En concordancia con lo antes expuesto, es menester llegar a la ineludible conclusión de rechazar de plano la solicitud propuesta por los actores y como consecuencia de lo anterior, por Secretaría de la Sala, remítase las presentes diligencias según lo dispuesto en el numeral cuarto de la sentencia proferida por esta instancia. 1 Expediente: Radicado: Accionante: Accionada: Derechos: Acta Nro.: 2023 00673 08001310700220250005700 Yeisi Carolina Mejía Martínez.

U.A.E. DIAN y otros. Trabajo y otros. 491 En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley.

RESUELVE

PRIMERO: RECHAZAR DE PLANO las solicitudes de adición requerida por i) la entidad accionada y ii) la reconsideración allegada por la accionante Yeisi Carolina Mejía Martínez, en los siguientes términos, de conformidad con lo expuesto en el presente proveído.

SEGUNDO

COMUNÍQUESE la decisión las partes por el medio más expedito posible.

TERCERO: REMÍTASE, por Secretaría de la Sala, las presentes diligencias A LA Corte Constitucional según lo dispuesto en el numeral cuarto de la sentencia de segunda instancia proferida por esta Corporación. Cúmplase Los Magistrados, AUGUSTO ENRIQUE BRUNAL OLARTE JORGE ELIÉCER CABRERA JIMÉNEZ SALVÓ VOTO DEMÓSTENES CAMARGO DE ÁVILA Expediente: Radicado: Accionante: Accionada: Derechos: Acta Nro.: 2023 00673 08001310700220250005700 Yeisi Carolina Mejía Martínez.

U.A.E. DIAN y otros. Trabajo y otros. 491 Acta Nro. 491 La providencia que antecede, suscrita por la sala de decisión integrada por los magistrados AUGUSTO ENRIQUE BRUNAL OLARTE (ponente), JORGE ELIÉCER CABRERA JIMÉNEZ Y DEMÓSTENES CAMARGO DE ÁVILA fue aprobada hoy, ____________ (__) de ________________ de dos mil veinticinco (2025). El Secretario, OTTO MARTÍNEZ SIADO