SALA CIVIL Medellín, trece (13) de marzo de dos mil veintiséis (2.026). Radicado: Proceso: Demandantes: Demandados: 05001 31 03 001 2024 00159 01. Declarativo. ORLANDO DE JESUS RAMÍREZ ESPINOSA y otros. OSCAR ALEJANDRO GARCIA ZAPATA y otro. Surtido el examen preliminar, en el efecto concedido (SUSPENSIVO), se ADMITE el recurso de apelación presentado por AMBAS PARTES, contra la sentencia calendada el diez (10) de diciembre de dos mil veinticinco (2025), proferida por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLIN.
En atención al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto o el que según el caso negara solicitud de pruebas, los recurrentes por separado deberán sustentar su respectivo recurso, dentro de los cinco (5) días siguientes a tal ejecutoria. Al recurrente que no sustente la alzada, se le declarará desierta la misma. De las sustentaciones presentadas se correrá traslado a la correspondiente contraparte y a los demás intervinientes, por el término común de cinco (5) días, para que se pronuncien sobre la respectiva apelación. En firme lo anterior, vuelvan las diligencias al Despacho.
Finalmente, póngase en conocimiento de la Presidencia de la Sala, lo referente de la tardanza en Secretaría para remitir el asunto repartido al Despacho, con el fin que se adopten los correctivos pertinentes. Notifíquese: JOSÉ OMAR BOHÓRQUEZ VIDUEÑAS MAGISTRADO Firmado Por: Jose Omar Bohorquez Vidueñas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 007 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 13c2891bfc61db091b06acd8bf5ed228dd4b028b385afc430dd29ab6f54eb6ff Documento generado en 13/03/2026 08:17:05 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica