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auto — Tribunal Superior de San Gil

Radicado: AUTO ADMITE - U.M.H 2022-00153-01

Sala: DESPACHO DE LA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

Ponente: Carlos Villamizar Suárez

Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura de Santander Tribunal Superior Distrito Judicial San Gil – Santander TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL – FAMILIA - LABORAL SAN GIL – SANTANDER San Gil, veintiuno (21) de octubre de dos mil veinticinco (2025). Magistrado Ponente: DR. CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ ACCIÓN: PROVIDENCIA VERBAL DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO Y SOCIEDAD PATRIMONIAL AUTO ADMITE DEMANDANTE: - ÁNGEL OCTAVIO ESPINOSA AGREDO DEMANDADO: - MARÍA AMPARO RODRÍGUEZ VELANDIA VINCULADO: - NELSON GARCÍA PINTO JUZGADO DE JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA ORIGEN: DE SAN GIL, SANTANDER RADICACIÓN: 68-679-31-84-002-2022-00153-01 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se ADMITE en el efecto suspensivo, la apelación formulada por la demandada a través de su apoderada -María Amparo Rodríguez Velandia- y por el apoderado del demandado -Nelson García Pinto-; contra la sentencia del veintiuno (21) de julio de dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de San Gil, Santander, dentro del proceso de la referencia. Ejecutoriada esta providencia, los apelantes deberán sustentar POR ESCRITO el recurso, a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes, documento que deberá ser allegado al correo electrónico seccivsgil@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Una vez finalizado lo anterior, por la Secretaría de la Corporación, córrase traslado por el mismo término al no recurrente, para que igualmente se pronuncie POR ESCRITO que deberá ser allegado a la dirección electrónica ut supra. Cumplido lo expuesto, vuelvan las diligencias al Despacho, para sí es del caso, emitir la Sentencia, en la oportunidad correspondiente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ Magistrado Ponente Firmado Por: Carlos Villamizar Súarez Magistrado Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7b42fe7853217f4c96f80d1582b486aec0532ba50808f30e4e4986d39ddc64b9 Documento generado en 21/10/2025 05:22:04 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica