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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 12. 41001-31-05-002-2017-00294-01 AutoReconocePersoneria Dr Ana Ligia

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva -----------------------------------------------------Sala Primera de Decisión Civil Familia Laboral Radicación: 41001-31-05-002-2017-00294-01 Auto de Sustanciación No.0175 Neiva, Huila, veintisiete (27) de febrero de dos mil veinticinco (2025) Ref.: Proceso Ordinario Laboral promovido por LUIS CARLOS MORERA en frente del FONDO NACIONAL DEL AHORRO.

Proveniente de la Secretaría de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Neiva, solicitud de reconocimiento de personería radicada vía correo electrónico ante esa dependencia el 18 de febrero de 2025, remitido a este despacho el día 26 de febrero del mismo año. Entra a proveerse sobre el memorial suscrito por la doctora VANESSA FERNANDA GARRETA JARAMILLO, en calidad de Representante Legal y abogada de la Sociedad DISTIRA EMPRESARIAL S.A.S., con Nit. 901661426-8, sociedad que a su vez es la apoderada judicial del FONDO NACIONAL DEL AHORRO “Carlos Lleras Restrepo”, identificado con Nit. 899.999.284-4, en el que sustituye el poder al doctor LUIS CARLOS ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.010.187.121 de Bogotá, portador de la Tarjeta Profesional No. 262.013 del C.S. de la J., para que actúe en nombre de la parte demandada FONDO NACIONAL DEL AHORRO en el proceso laboral de referencia, conforme a las facultades otorgadas.

En consecuencia, se DISPONE:

PRIMERO. – CONCEDER personería jurídica al abogado LUIS CARLOS ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES en los términos de la sustitución conferida.

NOTIFÍQUESE. ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Magistrada Firmado Por: Ana Ligia Camacho Noriega Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 95943994f03cc4a775edd616730ff0b6fb048596ec8548fffab3fc8a5af85b5e Documento generado en 27/02/2025 03:03:46 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica