TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SINCELEJO Sala Civil – Familia – Laboral Magistrada Ponente CLAUDIA PATRICIA PIZARRO TOLEDO Sincelejo, diecinueve (19) de agosto de dos mil veinticinco (2025) Referencia Demandante Demandado Radicado:::: Ordinario Laboral Marco Segundo Bohórquez Velásquez Seguridad Atlas LTDA 70001310500120220020501 De conformidad con lo previsto en los artículos 1° y 3° del Acuerdo No. PCSJA25-12319 de fecha 22 de julio de 2025, "Por el cual se adoptan unas medidas transitorias para la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo", se ordenó la redistribución de 130 procesos en materia laboral del Despacho 04 de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo, al Despacho 03 de esta misma Corporación, del cual la suscrita es magistrada titular.
Conforme a lo normado en el citado acuerdo, el Despacho 04 de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Sincelejo, mediante proveído de fecha 31 de julio de 2025 ordenó remitir a esta magistratura el expediente digital del proceso de referencia, asimismo dispuso que, por conducto de la Secretaría de la Sala se efectuaran las comunicaciones pertinentes a las partes, y las publicaciones respectivas en el micrositio web del Tribunal.
Cumplido lo anterior y en atención a lo dispuesto en el artículo 3° del referido acuerdo, la Secretaría de la Sala procedió a remitir el día 12 de agosto de la cursante anualidad, los 130 procesos laborales objeto de redistribución incluido el presente cartular. Recepcionadas y revisadas las actuaciones procesales adelantadas en el proceso de la referencia, y con el propósito de proveer sobre el asunto, se considera necesario avocar su conocimiento y disponer la comunicación de esta providencia a las partes mediante los canales digitales más expeditos.
Finalmente, por economía procesal, atendiendo el memorial presentado en la Secretaría de esta Corporación, se reconocerá personería adjetiva para representar los intereses de Seguridad Atlas LTDA, al Dr. Luis Guillermo Iglesias Bermeo, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.082.184 de Santa Marta, abogado titulado, portador de la Tarjeta Profesional No. 264.763 del C.S. de la J.; para los efectos y en los términos de la sustitución de poder conferido, previa comprobación de su calidad de abogado y vigencia en el Registro Nacional de Abogados - SIRNA-, de conformidad con lo dispuesto en la ley 2213 de 2.022.
En mérito de lo expuesto, se RESUELVE:
PRIMERO: AVÓQUESE el conocimiento del proceso de referencia, ingresado a este despacho por descongestión, en los términos expuestos en precedencia.
SEGUNDO
COMUNÍQUESE esta decisión a las partes y a sus apoderados judiciales a través de los medios digitales más expeditos.
TERCERO: Reconocer personería jurídica al Dr. Luis Guillermo Iglesias Bermeo, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.082.184 de Santa Marta, abogado titulado, portador de la tarjeta Profesional No. 264.763 del C.S. de la J.; en calidad de apoderado judicial sustituto de la demandada Seguridad Atlas LTDA. Cumplido lo anterior, regrese al Despacho para desatar el respectivo proveído.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente por: CLAUDIA PATRICIA PIZARRO TOLEDO Magistrada Firmado Por: Claudia Patricia Pizarro Toledo Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Sincelejo - Sucre Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e388e510ccf1c3949c69368a9ebf387946ff31e5e6efcb2ca5232e0fc5fff23e Documento generado en 19/08/2025 02:16:55 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica