Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 11001310302119990065407_DraAyazoAutoDeclaraDesiertaApelación

Sala: SALA CIVIL

R.I. 16888 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., tres (3) de junio de dos mil veintiséis (2026) Proceso Radicado Demandante Expropiación 11001-31-03-021-1999-00654-07 Rodrigo Pérez Yosa Demandada Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – EAAB ESP Segunda Declara desierta apelación parcial Instancia Asunto De conformidad con lo normado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, y comoquiera que la defensa de Rodrigo Pérez Yosa no sustentó ante el presente Tribunal el recurso de alzada que formuló contra la sentencia de primer grado de 15 de mayo de 2023, en el plazo de los cinco (5) días siguientes a la notificación por estado del proveído admisorio de 5 de 5 de mayo de 2026, se declara DESIERTA dicha apelación. En todo caso, se aclara que la referida deserción sólo afecta el recurso en comento, por lo que el trámite de esta segunda instancia seguirá su curso frente al remedio vertical que planteó Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, quien sí cumplió oportunamente con la carga en mención. En firme esta decisión, reingresen las diligencias al despacho con el fin de proveer lo que en derecho corresponda.

Notifíquese y Cúmplase, (firma electrónica) STELLA MARÍA AYAZO PERNETH (11001-31-03-021-1999-00654-07) Magistrada Firmado Por: Stella Maria Ayazo Perneth Magistrada Sala 04 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 17e882bf44095f4f081845860c8bb56fc30eca0cbacc9747f5fce04332047496 Documento generado en 03/06/2026 08:30:10 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica