Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 2025-427 Auto devuelve expediente juzgado

Sala: SALA LABORAL

RAD. 68-001-31-05-004-2023-00239-01 PI 2025-427 Tribunal Superior del Distrito Judicial De Bucaramanga Sala de Decisión Laboral Bucaramanga, veintisiete (27) de enero de dos mil veintiséis (2026) Rad: REF: Demandante: Demandada: Vinculados: 68-001-31-05-004-2023-00239-01 Proceso ordinario laboral de Primera Instancia Yuly Andrea Díaz Villamizar Sandra Cecilia Serrano Reyes.

Palmera Gel S.A.S. y Humberto Palmera Rodríguez. Atendiendo que el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Bucaramanga en respuesta al requerimiento efectuado con proveído del 16 de diciembre de 2025, informó: “verificadas las grabaciones generadas dentro de la mencionada audiencia, así como la búsqueda del acta respectiva de la audiencia que trata el artículo 77 del CPTS se observa que no se generó el registro de las etapas de saneamiento, fijación del litigio y decreto de pruebas, por lo que, el despacho habrá de proceder a la RECONSTRUCCIÓN de la audiencia del artículo 77 CPTS de conformidad con lo previsto en el artículo 126 del CGP, aplicable por remisión normativa del artículo 145 del CPT y SS.

Así las cosas, habrá el despacho de solicitar al Honorable Tribunal Sala Laboral, la remisión del expediente para proceder a fijar fecha y llevar a cabo la reconstrucción de la mencionada diligencia.” Previo a resolver la alzada, se ordena devolver el presente proceso al juzgado de origen a efectos de que se surta la reconstrucción de la audiencia prevista en el artículo 77 del CPTSS.

Cúmplase. Elver Naranjo Magistrado