Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: Rad 05001310500120190058801 deja sin efecto auto-

Sala: SALA LABORAL

Radicado Nº 05001310500120190058801 SALA SEGUNDA DE DECISIÓN LABORAL Medellín, veinticuatro (24) de junio de dos mil veinticuatro (2024). En el proceso ordinario laboral promovido por la señora MARTA LUCIA ZULUAGA AGUDELO contra IPS UNIVERSITARIA Y OTROS. Se solicita por medio de memorial que se reponga el auto del 7 de junio de 2024, por medio del cual se corrió traslado para alegatos, en razón a que la parte actora era única apelante y no procedía conocer en el grado de consulta a favor de la entidad.

Al respecto el despacho procedió a revisar la actuación realizada, por medio de auto que corrió traslado para alegatos con fecha 7 de junio de 2024, encontrando que le asiste razón a la solicitante, en el sentido de que no procedía admitir consulta, ya que la sentencia en primera instancia fue absolutoria y la parte actora interpuso recurso.

Por lo anterior, es procedente reponer la decisión tomada en el numeral primero del auto del 7 de junio de 2024, en su lugar dejar claro que no procede la consulta, en lo demás el auto queda en los términos señalados. Lo decidido se notifica por ESTADOS. Los Magistrada CARMEN HELENA CASTAÑO CARDONA EL SUSCRITO SECRETARIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN – SALA LABORAL HACE CONSTAR Que la presente providencia se notificó por estados N° 109 del 25 de junio de 2024. consultable aquí: https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/ 1