M.P. Edgar Robles Ramírez. Rad. 2022-00006-03. TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA SEXTA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL M.S. EDGAR ROBLES RAMÍREZ PROCESO: UNIÓN MARITAL DE HECHO DEMANDANTE: VIVANA CARDENAS TOLEDO DEMANDADO: HEREDEROS DEL CAUSANTE ARBEY VARGAS TRILLERAS RADICACIÓN: 415513184002-2022-00006-03 ASUNTO: INADMITE APELACIÓN DE AUTO Neiva, veintinueve (29) de abril de dos mil veinticinco (2025).
Realizado el examen preliminar para resolver el recurso de apelación instaurado por el apoderado de la parte demandada, señores JULIAN ARBEY VARGAS ORTEGA, JUAN SEBASTIAN VARGAS OCHOA y LUNA GABRIELA VARGAS POLANCO, contra el numeral 4to de la sentencia del 20 de agosto de 2024, observa el Despacho la imposibilidad de continuar con la alzada, como quiera que tal decisión enrostrada no se encuentra dentro de los enlistados como susceptibles de ese recurso, según el artículo 321 del C.G.P., ni cuenta con norma especial que habilite la alzada.
En efecto, observa el Despacho que en la decisión controvertida es la atinente a la fijación de las agencias en derecho a favor de la parte demandada, ante la prosperidad de sus excepciones. Ahora bien, aunque el apoderado de la parte demandada interpuso recurso de apelación; la misma, se insiste, al tenor de lo dispuesto en el artículo 321 ibídem, no es susceptible del recurso de apelación, y es procedente contra la decisión que apruebe la liquidación de las costas, de la cuales forman parte las agencias en derecho, conforme el numeral 5to del artículo 366 del CGP.
Merced de lo anterior, se inadmitirá la alzada concedida en providencia del 20 de agosto de 2024, por el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Pitalito (H). M.P. Edgar Robles Ramírez. Rad. 2022-00006-03. Sin más fundamentos, se DISPONE:
PRIMERO: INADMITIR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandada, contra el numeral cuarto de la sentencia de fecha 20 de agosto de 2024 y concedido en la misma fecha, por el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Pitalito (H), por lo expuesto en precedencia.
SEGUNDO: Reingresar al Despacho para resolver el recurso de apelación pendiente, presentado por la parte actora.
NOTIFÍQUESE EDGAR ROBLES RAMÍREZ Magistrado Firmado Por: Edgar Robles Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 005 Decision Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 M.P. Edgar Robles Ramírez.
Rad. 2022-00006-03. Código de verificación: 0839352504f8efc0dfa03688a75e4b874ca0ea475ff5505ead67dc7b0a3b62e7 Documento generado en 29/04/2025 03:16:24 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica