Micelio

auto — Tribunal Superior de Montería

Radicado: 003AUTOADMITE

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MONTERÍA SALA PRIMERA DE DECISIÓN CIVIL- FAMILIA - LABORAL Proceso: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 231623103002-2025-00050-02 FOLIO 277/25 Accionante: OLGA LUCIA PADILLA PADILLA Accionado: INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR I.C.B.F Vinculados: KIARA MARCELA MARCELO SIMANCA Montería, seis (06) de junio del año dos mil veinticinco (2025) Siendo procedente la impugnación contra el fallo de primera instancia emitido el día 27 de mayo de 2025, por el Juzgado Segundo Civil del Circuito Cereté-Córdoba, dentro de la Acción de Tutela interpuesta por OLGA LUCIA PADILLA PADILLA contra el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR I.C.B.F, se

RESUELVE

1. Admitir el recurso incoado y asignar el trámite correspondiente. 2. Tener como pruebas en lo posible las documentales aportadas con la solicitud. 3. Conforme lo ordena el decreto 2591 de 1991, por la vía más expedita, notifíquese de esta providencia a todas las partes en la presente acción constitucional. 4. Anotar la entrada de este asunto en los libros correspondientes y oportunamente vuelva a despacho para decidir.

RADÍQUESE,

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE