TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL Auto Interlocutorio N° 13 Radicación No. 76-834-31-05-002-2021-00193-03 Guadalajara de Buga, veintitrés (23) de enero de dos mil veintiséis (2025). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte ejecutada contra el auto N° 907 del 27 de octubre de 2025, mediante el cual modificó la liquidación del crédito; providencia proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Tuluá – (V.), dentro del Proceso Ejecutivo Laboral a continuación de Ordinario Laboral promovido por NORBERY HENAO MEJÍA contra URGENCIAS MÉDICAS S.A.S. Providencia susceptible del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 65 del CPT y de la SS.
Córrase traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días. Notifíquese en estado Firma Electrónica GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 65af54a08bcf6b21b89f40b670595b6255c754c443532bcd9941c9ba1ce6fbf0 Documento generado en 23/01/2026 01:16:29 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica