Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Medellín, treinta y uno (31) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Proceso: Radicado: Demandante: Demandada: Providencia: Sustanciador/ponente: Verbal- impugnación de decisiones de asamblea 05001 31 03 021 2023 00200 01 Jaime Gómez Escobar y otros Salud Vegas Torre Médica PH Auto que admite apelación Ricardo León Carvajal Martínez Se admite el recurso de apelación formulado por la parte demandante frente a la sentencia pronunciada por el JUZGADO VEINTIUNO CIVIL DE CIRCUITO DE MEDELLÍN el 26 de septiembre de 2024, en el proceso VERBAL para la impugnación de decisiones de asamblea, adelantado por CARLOS ALBERTO RIVERA SUÁREZ, MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA, CARLOS IGNACIO AGUDELO GIL, JAIME GÓMEZ ESCOBAR, LIGIA DUARTE SÁNCHEZ e INVERSIONES VISION ESTRATÉGICA SAS contra SALUD VEGAS TORRE MÉDICA PH.
Como en sentencia se negaron la totalidad de las pretensiones, de conformidad con lo previsto por el numeral 3°, inciso 2° del artículo 323 del CGP la apelación procede en el efecto SUSPENSIVO. Comuníquese lo pertinente al Juez de primera instancia quien concedió la apelación en efecto devolutivo, conforme lo ordena el último inciso del artículo 325 del CGP, “Cuando la apelación haya sido concedida en un efecto diferente al que corresponde, el superior hará el ajuste respectivo y lo comunicará al juez de primera instancia. Efectuada la corrección, continuará el trámite del recurso.” Con lo estipulado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriado el presente auto, el apelante deberá presentar sus alegaciones dentro de un término de cinco (5) días al cabo de los cuales se correrá traslado por Secretaría por cinco (5) días a la parte contraria, sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022.
Radicado Nro. 05001 31 03 021 2023 00200 01 Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social”
NOTIFÍQUESE POR ESTADOS Y ELECTRÓNICAMENTE. RICARDO LEÓN CARVAJAL MARTÍNEZ MAGISTRADO Radicado Nro. 05001 31 03 021 2023 00200 01