Bogotá D.C., seis (6) de febrero de dos mil veinticinco (2025). DEMANDANTES DEMANDADOS CLASE DE PROCESO MOTIVO DE ALZADA ALIRIO CASTRO ACOSTA y MARIA CRISTINA QUINTANA PARRA. JOSÉ ISMAEL RUBIO LANCHEROS y PERSONAS INDETERMINADAS. PERTENENCIA con reconvención. APELACIÓN DE SENTENCIA Como quiera que la solicitud de los demandantes en pertenencia – demandados en reconvención – no implica aclarar la providencia por «conceptos o frases que ofrezcan verdadero motivo de duda, siempre que estén contenidas en la parte resolutiva de la sentencia o influyan en ella» (art. 285, C.G.P.), sino corregir errores puntuales en su contenido, la Sala, con asiento en el artículo 286 del Código General del Proceso, procede a enmendar la Sentencia del 24 de enero de 2025, precisando, en el numeral 1 literal e. de la parte considerativa, que la fecha de interversión del título fue el «28 de agosto de 2014».
A su vez, se ajusta en la parte resolutiva de la decisión el nombre de una accionante, quedando así: «María Cristina Quintana Parra» (hojas 11 y 22, archivo 34SentenciaModifica\CuadernoTribunal) (palabras subsanadas subrayadas). Notifíquese, Firmado Por: Ricardo Acosta Buitrago Magistrado Sala Civil Despacho 015 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Marco Antonio Alvarez Gomez Magistrado Sala 006 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Radicación Interna: # 6476 R.A.B. # 11001310301720160012103 República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá D.C. Sala Civil Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9cab3dd468d5acfbe9a57320aaa4221c4c3a1b03d9668dac1fa070de42c9ce65 Documento generado en 06/02/2025 01:17:51 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2 Radicación Interna: # 6476 R.A.B. # 11001310301720160012103