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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 000-2025-03451-00 DR ALVAREZ AUTO INADMITE REVISION

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. Sala Civil Bogotá D.C., veintisiete (27) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Rdo. 000202503451 00 De conformidad con el artículo 358 del CGP, se inadmite la demanda para que en el término de cinco (5) días se subsane lo siguiente: 1. Aportar el poder conferido al abogado (art. 73 ib). 2.

Informar, respecto de todas las personas que fueron parte en el proceso en el que se dictó la providencia objeto del recurso, cuál es su domicilio (sólo se refirió el del recurrente), así como la dirección física y electrónica (arts. 82, núm. 10° y 357, núm. 1° y 2° ib). 3. Precisar la fecha de ejecutoria de la sentencia que se pretende revisar (art. 357, núm. 3° ib). 4.

Mencionar cuál de las causales de revisión respalda el recurso y precisar los hechos concretos relativos a esta. (art. 357, núm. 4° ib). 5. Demostrar que hizo el traslado anticipado a todos los que deben ser parte, según lo previsto en el artículo 6° de la ley 2213 de 2022.

NOTIFÍQUESE, Firmado Por: Marco Antonio Alvarez Gomez Magistrado Sala 006 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 803446439a65ceed3d3cf12f4998c057c724ef34252b86f3f3d534906e4d823a Documento generado en 27/11/2025 03:21:16 PM Exp.: 000202503451 00 Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Exp.: 000202503451 00