Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: 5.Radicado2023-00176-01AutoAdmisorioDr.Perez

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL IBAGUÉ SALA CIVIL – FAMILIA Magistrado Sustanciador: DIEGO OMAR PÉREZ SALAS Ibagué, trece (13) de junio de dos mil veinticinco (2025) REFERENCIA: EJECUTIVO promovido por ELBER FERNANDO CAMELO QUINTERO contra ERWING EDUARDO CASTRO ORTIZ. RADICADO: 73001-31-03-006-2023-00176-01 Se admite el recurso de apelación formulado por el apoderado del demandado, en contra de la sentencia del treinta y uno (31) de enero de 2025, proferida por el JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE IBAGUE (TOLIMA), mediante la cual se ordenó seguir adelante con la ejecución promovida por ELBER FERNANDO CAMELO QUINTERO contra ERWING EDUARDO CASTRO ORTIZ, recurso que se admite en el efecto devolutivo.

En firme esta decisión, deberá surtirse la fase de los traslados para la parte recurrente y no recurrente, quienes deben someterse a los términos para sustentar la apelación y traslados a la parte no recurrente, conforme a la norma contenida en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, términos de traslados que serán controlados por la secretaría de la sala.

De otro lado, se informa a las partes que, para efectos de notificaciones y actuaciones posteriores de este asunto, las comunicaciones pertinentes se harán por vía electrónica, y para esos fines, para el envío de memoriales, los apoderados deberán hacer uso del correo des04scftsiba@cendoj.ramajudicial.gov.co que corresponde al institucional de este Despacho, y, también, al correo electrónico ofmy02scrscftsupiba@cendoj.ramajudicial.gov.co correspondiente al de la secretaría de esta sala especializada.

Notifíquese esta providencia por estado electrónico, según el artículo 9 de la Ley 2213 de 2022. Comuníquese esta determinación al juzgado de conocimiento y a los apoderados de las partes en este proceso. Líbrese oficio por secretaria. NOTÍFIQUESE DIEGO OMAR PÉREZ SALAS Magistrado Firmado Por: Diego Omar Perez Salas Magistrado Sala Civil Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 640cc99ac82f2b29ea25f617a220cfa4a8b4c8a31ef7443120e18f25cc4d366e Documento generado en 13/06/2025 03:26:48 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica